Andalucía tramita la primera ley para una muerte digna
01/10/2010 - 09:45
Por: Redacción
Andalucía será la primera comunidad española en regular el derecho del paciente a una muerte digna. El Consejo de Gobierno ha iniciado este martes los trámites del proyecto de ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte, conocida como Ley para una Muerte Digna, que dará cobertura a los enfermos que se nieguen a recibir un determinado tratamiento médico en cualquier institución sanitaria y a los profesionales que desarrollen estos derechos.
La intención del gobierno andaluz es que la tramitación parlamentaria esté lista antes de junio de 2008.Según explicó hoy la consejera andaluza de Salud, María Jesús Montero, la futura ley cuyo compromiso se recoge ya en el nuevo Estatuto de Andalucía permitirá solventar situaciones como la vivida por la parapléjica granadina Inmaculada Echeverría el pasado año. Echeverría recibía tratamiento en un hospital religioso que se negaba a cumplir su deseo de que se le retirase la ventilación mecánica que la mantenía con vida, por lo que tuvo que ser trasladada a otro centro de titularidad pública para que se cumpliera esta petición una vez que fue autorizada por el comité de ética del hospital.
Así, la normativa intenta salvaguardar la libertad y el respeto a la voluntad de la persona por encima de otras consideraciones que pudiesen plantear las instituciones sanitarias, además de respaldar la labor de los profesionales sanitarios en estas situaciones, lo que la convierte en la primera ley de estas características del país. Tras adelantar los datos de una encuesta realizada en 2007, según la cual el 93,7% de los andaluces coinciden en que todos los enfermos tienen derecho a una muerte digna, la consejera insistió en que la normativa quedará siempre dentro de los límites de la Constitución, por lo que en ningún caso se tratará de regular la eutanasia activa, que está tipificada como delito dentro del Código Penal.
Voluntad del paciente
Montero explicó que, entre otros, el paciente tendrá derecho a recibir información clínica veraz y comprensible sobre su diagnóstico y pronóstico, a fin de que pueda tomar la decisión con conocimiento de la situación, y le garantiza su potestad para rechazar o suprimir cualquier tratamiento o intervención médica cuando éste suponga una obstinación o encarnizamiento terapéutico.
Así, la normativa intenta salvaguardar la libertad y el respeto a la voluntad de la persona por encima de otras consideraciones que pudiesen plantear las instituciones sanitarias, además de respaldar la labor de los profesionales sanitarios en estas situaciones, lo que la convierte en la primera ley de estas características del país. Tras adelantar los datos de una encuesta realizada en 2007, según la cual el 93,7% de los andaluces coinciden en que todos los enfermos tienen derecho a una muerte digna, la consejera insistió en que la normativa quedará siempre dentro de los límites de la Constitución, por lo que en ningún caso se tratará de regular la eutanasia activa, que está tipificada como delito dentro del Código Penal.
Voluntad del paciente
Montero explicó que, entre otros, el paciente tendrá derecho a recibir información clínica veraz y comprensible sobre su diagnóstico y pronóstico, a fin de que pueda tomar la decisión con conocimiento de la situación, y le garantiza su potestad para rechazar o suprimir cualquier tratamiento o intervención médica cuando éste suponga una obstinación o encarnizamiento terapéutico.