Cazadores acusan a la UE de "inmovilismo" por no permitir la caza de especies como el mirlo común o la polla de agua

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Por: EUROPA PRESS
La Comisión Europea reitera que en España no pueden cazarse ni polla de agua (Gallinula Chloropus) ni mirlo común (Turdus merula), como solicitó en 2008 la Unión Nacional de Cazadores (UNAC), porque para ello se debería modificar la Directiva sobre Aves, según informaron hoy los cazadores, que considera esta respuesta de la CE un síntoma de "poco ajustado inmovilismo de la UE por pura prevención injustificada y meros formalismo de modificación general".
Así, la organización de cazadores expresó hoy su preocupación porque pasados 30 años desde que se aprobó la Directiva de Aves de la UE "no hayan mejorado ni empeorado los niveles poblacionales de las aves protegidas a pesar de los cuantiosos medios utilizados y el dinero gastado (zonas ZEPA, prohibición del plomo en zonas húmedas, etcétera).

Además, critica el hecho de que la CE "resuma la petición de la UNAC de forma errónea a lo verdaderamente solicitado", al tiempo que espera que "no se eternicen las prohibiciones e imposiciones una vez establecidas como hasta ahora, si no son necesarias, algo que va siendo habitual en España y en Europa".

De acuerdo a la respuesta de la CE se reitera que para poder cazar pollas de agua y mirlos comunes se tendría que modificar dicha directiva, lo que implicaría cambiar la lista que figura en la parte 2 del anexo II de la Directiva 79/409/CEE, de modo que se incluyese a España entre los Estados miembros que pueden autorizar la caza de estas especies de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 7.

Igualmente, el organismo comunitario insiste en que la modificación de la lista de las especies que pueden cazarse sólo podría considerarse en el contexto de una revisión completa de los anexos de dicha Directiva, lo que requeriría la codecisión del Consejo y el Parlamento. El resultado de tal ejercicio de revisión podría conllevar tanto la inclusión de nuevas especies en las partes 1 y 2 del anexo II como la supresión de determinadas especies en estas listas si su estado de conservación ya no justifica que sigan siendo objeto de caza.

Por el momento, la Comisión Europea insiste en que "no tiene intención de realizar una revisión de los anexos de la Directiva sobre aves. La polla de agua (Gallinula chloropus) y el mirlo común (Turdus merula) no van a incluirse en la lista de especies que pueden cazarse en España (parte 2 del anexo II) que figura en la Directiva sobre aves. "No obstante, si en el futuro se decidiese actualizar los anexos, podría volver a estudiarse el caso de estas especies", admite.

La UNAC solicitó a la Unión Europea la ampliación de las especies cazables y el dictamen del Comité al respecto; las medidas adoptadas por éste; y la modificación de los Anexos para su actualización en beneficio de las aves en general, y en particular que se incluyeran como especies cazables en España la Polla de Agua (Gallinula chloropus) y el Mirlo Común (Turdus merula), especies si incluidas en Francia y Portugal, pero en España no, las cuales no están amenazadas ni tienen riesgo alguno de disminución en los lugares donde viven, por su alto índice de reproducción, natalidad y hábitat, produciendo serios y cuantiosos daños a los cultivos, incluso llegándose a autorizar su caza por ello.