CCOO, obligada a readmitir a la secretaria de Industria Guadalajara tras la denuncia por discriminación

06/09/2016 - 12:10 M. M.

El Juzgado Nº 1 de lo Social de Guadalajara declara nulo el despido de la secretaria general de CCOO Industria Guadalajara, Pilar Martínez, y considera probada la vulneración de derechos fundamentales.

El Juzgado número uno de lo Social de Guadalajara ha dado la razón a la ex secretaria de CCOO Industria Guadalajara, Pilar Martínez Martínez, quien denunció al sindicato por discriminación y vulneración de derechos fundamentales.

El fallo judicial declara nulo el despido del que fue objeto la demandante en junio de 2015 y obliga al sindicato CCOO a readmitirla en iguales condiciones. Asimismo, establece una indemnización de 60.000 euros por daños y perjuicios y el pago del salario dejado de percibir en este tiempo. Considera igualmente responsables de estos hechos a la Unión Provincial de CCOO Guadalajara, Industria Castilla-La Mancha de CCOO e Industria estatal de CCOO.

La sentencia señala expresamente que el cese de Martínez se debió a la petición de reducción de jornada y a su solicitud de conciliación de la vida familiar y laboral y declara, por ello, nulo el despido.

La sentencia es importante en cuanto que tiene en cuenta que es un sindicato quien vulnera derechos como la no discriminación de la mujer trabajadora y la conciliación de la vida familiar y laboral, derechos fundamentales por los que debe velar una organización sindical, y establece una indemnización pionera contra este empleador.

La sentencia estima probada la discriminación desde que la que fuera secretaria de CCOO Industria Guadalajara solicitó los mecanismos de conciliación para poder atender a su hijo, un proceso que concluyó con una propuesta de dimisión por parte de los responsables de CCOO Industria CLM y CCOO Industria Estatal.  Ante la negativa de la secretaria de Guadalajara, dos días después se le comunicaba su cese automático al haber dimitido la mayor parte de su Comisión Ejecutiva de la que dependía y ocasionar así la autodisolución de dicho órgano.

El fallo judicial no solo da por probada la discriminación de la que fue objeto Pilar Martínez por parte de Comisiones Obreras sino que desestima la versión argumentada por los demandados, quienes alegaban que la relación laboral era asociativa y no laboral y, en consecuencia, carecería de los mecanismos protectores a la conciliación familiar y laboral.

El sindicato CCOO ha anunciado que ha presentado recurso contra esta sentencia.