Conde- Pumpido pide modificar la Ley del Régimen Local en la apertura del año judicial
01/10/2010 - 09:45
Por: EUROPA PRESS
Según advierte la última Memoria de la Fiscalía General del Estado, lo que pasa actualmente en determinados municipios del País vasco y Navarra no encaja en la taxativa tipicidad de la norma actualmente vigente. Por ello, el Ministerio Público propugnó una fórmula general que permita erradicar directamente esta realidad.
Concretamente, propuso la incorporación al artículo 61 de la ley Orgánica de una causa de disolución más, que afecte de forma concreta al Ayuntamiento que sea gobernado por una mayoría de concejales que hubieran sido elegidos en la lista de un partido ilegalizado.
A juicio del Fiscal General, que comenzó su discurso ante el Rey con una frase del Presidente de Estados Unidos, Barack Obama, en democracia el cargo más importante es el de ciudadano. Esta modificación normativa no colisionaría con la doctrina institucional según la cual el derecho a participar corresponde a los ciudadanos, y no a los partidos, referida a supuestos de desvinculación entre el partido y el cargo electo. Se excluiría además la posibilidad de que el abandono o la expulsión de un partido comporte la pérdida del cargo representativo, puesto que ese razonamiento no puede entenderse extrapolable a una realidad jurídica distinta, como es la que se da en los Ayuntamientos gobernados por ANV. Se evitará así que un partido político ilegal pueda perpetuar su actividad política a través de los cargos públicos que fueron elegidos en sus listas, insistió Conde- Pumpido. Durante su discurso, el Fiscal General se refirió también a la insuficiencia y obsolescencia de nuestro sistema procesal penal, por lo que reclamó una reforma de éste con el fin de acabar con fenómenos como la politización de la Justicia y la Judicialización de de la Política que, a su juicio, tienen que ver no sólo con quienes, desde cualquier posición, pretenden confundir ambas esferas en beneficio, sino también con debilidad de un sistema procesal caduco, ajeno a la complejidad de la vida pública y de las relaciones privadas de nuestros días, dijo. Asimismo, Conde- Pumpido señaló que sería deseable, al hilo de la reforma del Código Penal que prepara el Ministerio de Justicia, alcanzar una definición legal del concepto de organización criminal, especialmente de las de carácter terrorista, que ponga fin a la consideración de éstas como asociaciones ilícitas y opte clara y palmariamente por cenceptuarlas como organizaciones criminales.
JURISDICCIÓN UNIVERSAL
En el capítulo de propuestas de modificación legislativa, la Memoria de la Fiscalía alude a la reforma que se tramita en las Cortes del artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, referida a la persecución en España de los delitos de lesa humanidad (jurisdicción universal).Indicó que, en la actualidad, la Ley permite la proliferación de procedimientos relativos a delitos producidos en lugares totalmente extraños y alejados, que se incoan sin perspectiva de eficacia alguna, y a instancia de personas que en ocasiones no están relacionadas directamente con el hecho investigado.
Esta circunstancia, según el Fiscal General, lejos de asegurar el fin perseguido, supone un retroceso del principio de jurisdicción universal porque extiende la sensación de impunidad e ineficacia del Derecho para dar solución a estos conflictos. Por ello, mostró su esperanza en que la reforma en curso termine siendo una realidad.
En este punto, el Fiscal General se refirió de forma contundente al concepto de abuso de derecho y reconoció que algunas de las causas que se presentan en la Audiencia Nacional buscan el fin muchas veces legítimo y encomiable de lograr la difusión mediática de situaciones que atentan contra los Derechos Humanos, así como la movilización de la acción política en aquellos lugares donde se cometen. No obstante, dichos fines son objetivamente ajenos a la función jurisdiccional. Por eso proponemos que el ejercicio de la Jurisdicción Universal de nuestros tribunales se vincule (...) al requisito de que no exista o haya existido una efectiva investigación por los mismos hechos en el Estado donde hayan tenido lugar, y que los que han de investigarse guarden algún tipo de conexión de naturaleza histórica, social, cultural, geográfica o jurídica con España que justifique y permita la intervención de nuestra Justicia, concluyó Conde- Pumpido.
A juicio del Fiscal General, que comenzó su discurso ante el Rey con una frase del Presidente de Estados Unidos, Barack Obama, en democracia el cargo más importante es el de ciudadano. Esta modificación normativa no colisionaría con la doctrina institucional según la cual el derecho a participar corresponde a los ciudadanos, y no a los partidos, referida a supuestos de desvinculación entre el partido y el cargo electo. Se excluiría además la posibilidad de que el abandono o la expulsión de un partido comporte la pérdida del cargo representativo, puesto que ese razonamiento no puede entenderse extrapolable a una realidad jurídica distinta, como es la que se da en los Ayuntamientos gobernados por ANV. Se evitará así que un partido político ilegal pueda perpetuar su actividad política a través de los cargos públicos que fueron elegidos en sus listas, insistió Conde- Pumpido. Durante su discurso, el Fiscal General se refirió también a la insuficiencia y obsolescencia de nuestro sistema procesal penal, por lo que reclamó una reforma de éste con el fin de acabar con fenómenos como la politización de la Justicia y la Judicialización de de la Política que, a su juicio, tienen que ver no sólo con quienes, desde cualquier posición, pretenden confundir ambas esferas en beneficio, sino también con debilidad de un sistema procesal caduco, ajeno a la complejidad de la vida pública y de las relaciones privadas de nuestros días, dijo. Asimismo, Conde- Pumpido señaló que sería deseable, al hilo de la reforma del Código Penal que prepara el Ministerio de Justicia, alcanzar una definición legal del concepto de organización criminal, especialmente de las de carácter terrorista, que ponga fin a la consideración de éstas como asociaciones ilícitas y opte clara y palmariamente por cenceptuarlas como organizaciones criminales.
JURISDICCIÓN UNIVERSAL
En el capítulo de propuestas de modificación legislativa, la Memoria de la Fiscalía alude a la reforma que se tramita en las Cortes del artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, referida a la persecución en España de los delitos de lesa humanidad (jurisdicción universal).Indicó que, en la actualidad, la Ley permite la proliferación de procedimientos relativos a delitos producidos en lugares totalmente extraños y alejados, que se incoan sin perspectiva de eficacia alguna, y a instancia de personas que en ocasiones no están relacionadas directamente con el hecho investigado.
Esta circunstancia, según el Fiscal General, lejos de asegurar el fin perseguido, supone un retroceso del principio de jurisdicción universal porque extiende la sensación de impunidad e ineficacia del Derecho para dar solución a estos conflictos. Por ello, mostró su esperanza en que la reforma en curso termine siendo una realidad.
En este punto, el Fiscal General se refirió de forma contundente al concepto de abuso de derecho y reconoció que algunas de las causas que se presentan en la Audiencia Nacional buscan el fin muchas veces legítimo y encomiable de lograr la difusión mediática de situaciones que atentan contra los Derechos Humanos, así como la movilización de la acción política en aquellos lugares donde se cometen. No obstante, dichos fines son objetivamente ajenos a la función jurisdiccional. Por eso proponemos que el ejercicio de la Jurisdicción Universal de nuestros tribunales se vincule (...) al requisito de que no exista o haya existido una efectiva investigación por los mismos hechos en el Estado donde hayan tenido lugar, y que los que han de investigarse guarden algún tipo de conexión de naturaleza histórica, social, cultural, geográfica o jurídica con España que justifique y permita la intervención de nuestra Justicia, concluyó Conde- Pumpido.