Dos años de cárcel para el conductor que atropelló a dos niños
01/10/2010 - 09:45
Por: Redacción
La Audiencia de Vizcaya ha decidido aumentar sensiblemente la condena a un conductor que en 2006 atropelló mortalmente a dos niños de 7 y 4 años de edad en el barrio bilbaíno de Basurto cuando curzaban la calle por un paso de cebra.
Frente a la sentencia del juzgado de primera instancia, que sólo aplicó dos meses de multa y un año sin carné por dos faltas de imprudencia leve con resultado de muerte, la audiencia vizcaína ha estimado parcialmente los recursos de apelación de fiscal y los padres de las víctimas y ha sentenciado al autor a dos años de cárcel por dos delitos de homicidio imprudente. En el fallo se considera que la causa del accidente no fue una confusa señalización, sino el desprecio total y absoluto a las circunstancias y a las señales de tráfico.
La sentencia considera probado que el 3 de enero de 2006, sobre las 10.25 horas, el acusado conducía por la carretera N-634 un vehículo Citroën Berlingo, propiedad de una empresa en la que trabajaba. El punto en el que se produjo el atropello correspondía al número 12 de la Avenida Montevideo de Bilbao, a su paso desde el barrio de Zorroza hasta el barrio de Basurto, tramo con doble sentido de circulación, con zona ajardinada a modo de mediana, y con dos carriles en cada uno de los sentidos de circulación.
En el lugar existía paso de cebra, advertido mediante señalización vertical -consistente en dos señales de peligro por paso para peatones ubicadas a ambos lados de la calzada con 81 metros de antelación, una señal de prohibición de limitación a una velocidad máxima de 50 kilómetros por hora, y dos señales de indicación de paso para peatones ubicadas a ocho metros y medio-, así como mediante marcas viales, como la línea de detención continua y transversal a la calzada dos metros antes del paso de cebra, y bandas de líneas anchas que configuran el paso de cebra para peatones.
A consecuencia del atropello, la pequeña Oihane salió desplazada hasta quedar tendida en la parte izquierda del carril izquierdo, falleciendo instantes después de ser ingresada en el Hospital de Basurto, mientras que Aitor, que iba de la mano de su hermana, fue arrastrado por el vehículo unos metros, por lo que falleció esa misma noche en la Residencia Enrique Sotomayor de Cruces.
La sentencia considera probado que el 3 de enero de 2006, sobre las 10.25 horas, el acusado conducía por la carretera N-634 un vehículo Citroën Berlingo, propiedad de una empresa en la que trabajaba. El punto en el que se produjo el atropello correspondía al número 12 de la Avenida Montevideo de Bilbao, a su paso desde el barrio de Zorroza hasta el barrio de Basurto, tramo con doble sentido de circulación, con zona ajardinada a modo de mediana, y con dos carriles en cada uno de los sentidos de circulación.
En el lugar existía paso de cebra, advertido mediante señalización vertical -consistente en dos señales de peligro por paso para peatones ubicadas a ambos lados de la calzada con 81 metros de antelación, una señal de prohibición de limitación a una velocidad máxima de 50 kilómetros por hora, y dos señales de indicación de paso para peatones ubicadas a ocho metros y medio-, así como mediante marcas viales, como la línea de detención continua y transversal a la calzada dos metros antes del paso de cebra, y bandas de líneas anchas que configuran el paso de cebra para peatones.
A consecuencia del atropello, la pequeña Oihane salió desplazada hasta quedar tendida en la parte izquierda del carril izquierdo, falleciendo instantes después de ser ingresada en el Hospital de Basurto, mientras que Aitor, que iba de la mano de su hermana, fue arrastrado por el vehículo unos metros, por lo que falleció esa misma noche en la Residencia Enrique Sotomayor de Cruces.