Ecuatorianos y chinos no podrán votar en las municipales hasta que haya reciprocidad

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Por: EUROPA PRESS
Tras el congreso del PSOE que se celebró a principios de mes, Zapatero prometió plasmar en leyes las resoluciones del cónclave socialista, comenzando por el voto de los inmigrantes extracomunitarios.
Ayer, De la Vega acudió al Congreso para presentar las que serán las líneas maestras de la propuesta del Gobierno para reformar la ley electoral y cumplir la promesa de Zapatero.
Allí reveló que los extranjeros nacidos en Argentina, Colombia, Chile, Uruguay y Venezuela podrían ser los primeros no comunitarios en ejercer su derecho a voto en las elecciones municipales, ya que con estos países España tiene ratificados Tratados de Cooperación y Amistad que ya contemplan la extensión del derecho a voto y además sus legislaciones nacionales no impiden votar a los españoles residentes allí.
Una condición de reciprocidad que impone el Artículo 13.2 de la Constitución para extender el sufragio a los inmigrantes, y en virtud de la que inmigrantes procedentes de países como Ecuador, Brasil, Guatemala, República Dominicana, India, Argelia o Pakistán no podrán votar en España, a menos que sus gobiernos nacionales emprendan las reformas legales pertinentes.
Para intentar “extender ese derecho de voto al mayor número posible de extranjeros con residencia permanente en España”, De la Vega anunció que antes de septiembre el Gobierno nombrará a un Embajador en misión especial que negociará país a país para desarrollar los citados tratados de amistad garantizando la reciprocidad en el derecho a voto y firmar nuevos convenios con otros países cuya legislación los permite, como Bolivia, Paraguay, Perú o Islandia.
La vicepresidenta adelantó que el embajador especial comenzará las negociaciones por aquellos Estados que “cuentan con mayor número de inmigrantes residentes en España”. En todo caso, De la Vega advirtió que, antes de que comiencen estos trabajos, el Congreso debe consensuar qué “interpretación” jurídica se da a la imposición constitucional de reciprocidad, porque de la forma en que este concepto se interprete, dependerá con qué países se puede establecer un tratado, ya que no todos los Estados cuentan con un sistema electoral estrictamente equiparable al español.
En este sentido señaló que el Gobierno no tiene constancia de que haya alguna sentencia del Tribunal Constitucional “que de forma directa haya precisado qué ha de entenderse por ‘criterios de reciprocidad’”, por lo que el objetivo del Ejecutivo es “explorar y consensuar en sede parlamentaria las diversas propuestas interpretativas” que formulen los grupos políticos. “Si viven con nosotros y trabajan con nosotros es de justicia que también puedan decidir con nosotros”, sentenció.