El Supremo archiva la querella del PP contra Chaves

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Por: EUROPA PRESS
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) rechazó por unanimidad y archivó la querella presentada por el PP contra el viecepresidente tercero del gobierno, Manuel Chaves, por la subvención que la Junta de Andalucía concedió cuando él era presidente de Gobierno andaluz a la empresa Minas de Aguas Teñidas, en la que trabajó su hija, Paula Chaves, hechos que el PP consideró constitutivos de los presuntos delitos de prevaricación, malversación de fondos públicos y tráfico de influencias.
En la sentencia, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo atendió de este modo la petición de la Fiscal, que interesó la inadmisión de la querella y el archivo de las diligencias “por no ser los hechos en que se funda constitutivos de delito”. En este sentido, el Supremo analizó en primer lugar el presunto delito de prevaricación, y aseveró que “las afirmaciones del querellante sobre la subsunción en el delito de prevaricación carecen de relevancia para su consideración como indicios de delito”, recordando que, en su querella, el PP dijo que “la prevaricación del querellado consiste en no abstenerse cuando era procedente dada su relación de parentesco entre él y su hija, además de que debió haber advertido las irregularidades del expediente seguido”.
Tras ello, el Supremo se refiere primeramente al primer apartado de la imputación, la ausencia de abstención en la ratificación de la concesión del incentivo, argumentando que “el incumplimiento de un deber legal de abstención, por si solo, no genera el presunto fáctico del tipo penal de la prevaricación”, y agrega que “el ordenamiento jurídico administrativo señala que la no abstención en los casos en que proceda no implica, necesariamente, la invalidez de los actos en que haya intervenido”. En relación al segundo presupuesto de la prevaricación,
“Las irregularidades administrativas cometidas en la tramitación del expediente incoado que no han podido pasar desapercibidas para los funcionarios públicos que tenían obligación de conocer del mismo y que se han resuelto sobre la petición de subvención”, el Supremo parte del hecho de que Chaves “interviene en un acto de ratificación de otro acto por el que el órgano competente para la concesión del incentivo ha resuelto, en este caso, de acuerdo con la solicitud”.

No obstante, y tras aclarar que todo lo anterior se expuso “sin perjuicio de que las irregularidades que denuncia puedan ser indagadas ante otros órganos jurisdiccionales competentes por razón del orden jurisdiccional, la materia y el territorio”, el TS abordó el presunto delito de tráfico de influencias, aseverando que el escrito de la querella “no denuncia hechos susceptibles de ser subsumidos en la tipicidad del tráfico de influencias, solo conjeturas derivadas de la condición de presidente de la Junta del aforado, del trabajo de su hija en la empresa y del hecho de realizar visitas a los centros de producción”.

CHAVES: “EL SUPREMO HA COLOCADO LAS COSAS EN SU SITIO”

Por su parte, el ministro de Política Territorial, Manuel Chaves, consideró que este jueves que el Tribunal Supremo “ha colocado las cosas en su sitio” al rechazar la querella presentada por el Partido Popular (PP) contra el vicepresidente tercero del Gobierno por el caso ‘Matsa’.

En declaraciones a los medios de comunicación en Calatayud, el también vicepresidente tercero del Gobierno indicó que aún no conoció el auto del supremo, para aseverar que “el rencor y el resentimiento personal de los dirigentes del PP de Andalucía y su presidente Javier Arenas no son los mejores instrumentos ni medios para la dialéctica y el debate político”.