El TC justifica el endurecimiento penal del maltrato masculino
01/10/2010 - 09:45
El agravamiento de las penas para los hombres maltratadores no supone una discriminación ilícita ni contraria a la igualdad predicada por la Carta Magna.
El Tribunal Constitucional considera que esa medida no se impone por razón del sexo del sujeto activo ni de la víctima, ni por razones vinculadas a su propia biología, sino porque la agresión de un hombre sobre quien es o fue su pareja es más grave que otros tipos de maltrato. Para el órgano intérprete de la Constitución la violencia machista es especial, daña peculiarmente la libertad y la dignidad de las mujeres que la sufren dentro de una relación afectiva, e intensifica el sometimiento a su agresor.