El Vaticano publica normas para sus delitos más graves, entre ellos los abusos de menores
01/10/2010 - 09:45
Por: EUROPA PRESS
IGLESIA CATÓLICA
Insiste en que el fin es agilizar o simplificar los procedimientos
La guía cuyos contenidos se han hecho este jueves públicos a través de un comunicado de la Santa Sede firmado por el portavoz del Vaticano, Federico Lombardiestá redactada en forma orgánica y actualizada porque es justo que haya claridad plena sobre la normativa.
Estas normas no sólo pretenden clarificar los procedimientos aplicados por la Iglesia para el juicio y castigo de delitos de abusos sexuales de la infancia, sino que se refiere a todos los delitos que la Iglesia considera excepcionalmente graves y que por ello están sujetos al Tribunal de la Congregación para la Doctrina de la Fe: delitos contra la fe y contra los sacramentos de la Eucaristía, la Penitencia y la Orden Sacerdotal. En concreto, sobre los abusos sexuales de menores, Lombardi resalta entre las nuevas normas la introducción de la cuestión de la pedo-pornografía la adquisición, posesión o divulgación por parte de un miembro del clero en cualquier modo y con cualquier medio, de imágenes pornográficas que tengan como objeto menores de 14 años.
La Iglesia equipara a partir de este momento los menores y las personas con uso de razón limitado y se propone la confidencialidad de los procesos para proteger la dignidad de las personas involucradas.
Asimismo, el texto jurídico, oficial y actualizado contempla que el fin sea que los procedimientos sean más rápidos, así como la posibilidad de no seguir el camino procesal judicial permitiendo proceder por decreto extrajudicial o presentar al Santo Padre los casos más graves en vista de la dimisión de su estado clerical.Entre las novedades no se hace referencia, puesto que se trata de normasde ordenamiento canónico, a la colaboración con las autoridades civiles. No obstante, Lombardi recuerda que en la Guía para la comprensión de los procedimientos publicada en el sito web de la Santa Sede, se indica: Deben seguirse siempre las disposiciones de la ley civil en materia de información de delitos a las autoridades competentes.
Por otra parte, la nueva normativa hace referencia a los miembros del tribunal eclesiástico, abogados y procuradores, que no sólo podrán ser sacerdotes sino también laicos. Además, ya no será necesario para desarrollar estas funciones, según indica Lombardi, tener el doctorado en Derecho Canónico, sino haber obtenido el título de licenciado. Por su parte, se han incluido normas relativas a delitos que atentan contra la fe --herejía, apostasía y cisma--; la divulgación y grabación realizadas maliciosamente de las confesiones sacramentales --sobre las que ya se había emitido un decreto de condena en 1988--; y la ordenación de las mujeres, sobre la cual también existía un decreto de 2007.
Revisión
Ests documento surge como revisión sistemática de las Normae de gravioribus delectis, presentadas en el año 2001 por el Papa Juan Pablo II como apoyo al decreto Motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela, que atribuía a la Congregación para la Doctrina de la Fe la competencia para tratar y juzgar una serie de delitos particularmente graves. La experiencia acumulada en el transcurso de los nueve años sucesivos sugirió la integración y actualización de dichas normas con el fin de agilizar o simplificar los procedimientos, haciéndolos más eficaces, o para tener en cuenta problemáticas nuevas, destaca la Santa Sede.
La vasta resonancia pública en los últimos años de este tipo de delitos ha sido causa de gran atención y de intenso debate sobre las normas y procedimientos aplicados por la iglesia para el juicio y castigo de los mismos, explica Lombardi.
Así, la publicación de estas normas supone una gran contribución a la claridad y a la certeza del derecho en un campo en el que la Iglesia en estos momentos está muy decidida a actuar con rigor y con transparencia, para responder plenamente a las justas expectativas de tutela de la coherencia moral y de la santidad evangélica que los fieles y la opinión pública nutren hacia ella, y que el Santo Padre ha reafirmado constantemente.
Además, la Congregación para la Doctrina de la Fe está trabajando en indicaciones para los episcopados, de modo que las directrices emanadas por ellos relativas a abusos sexuales de menores por parte del clero o en instituciones relacionadas con la Iglesia, sean cada vez más rigurosas, coherentes y eficaces.
La Iglesia equipara a partir de este momento los menores y las personas con uso de razón limitado y se propone la confidencialidad de los procesos para proteger la dignidad de las personas involucradas.
Asimismo, el texto jurídico, oficial y actualizado contempla que el fin sea que los procedimientos sean más rápidos, así como la posibilidad de no seguir el camino procesal judicial permitiendo proceder por decreto extrajudicial o presentar al Santo Padre los casos más graves en vista de la dimisión de su estado clerical.Entre las novedades no se hace referencia, puesto que se trata de normasde ordenamiento canónico, a la colaboración con las autoridades civiles. No obstante, Lombardi recuerda que en la Guía para la comprensión de los procedimientos publicada en el sito web de la Santa Sede, se indica: Deben seguirse siempre las disposiciones de la ley civil en materia de información de delitos a las autoridades competentes.
Por otra parte, la nueva normativa hace referencia a los miembros del tribunal eclesiástico, abogados y procuradores, que no sólo podrán ser sacerdotes sino también laicos. Además, ya no será necesario para desarrollar estas funciones, según indica Lombardi, tener el doctorado en Derecho Canónico, sino haber obtenido el título de licenciado. Por su parte, se han incluido normas relativas a delitos que atentan contra la fe --herejía, apostasía y cisma--; la divulgación y grabación realizadas maliciosamente de las confesiones sacramentales --sobre las que ya se había emitido un decreto de condena en 1988--; y la ordenación de las mujeres, sobre la cual también existía un decreto de 2007.
Revisión
Ests documento surge como revisión sistemática de las Normae de gravioribus delectis, presentadas en el año 2001 por el Papa Juan Pablo II como apoyo al decreto Motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela, que atribuía a la Congregación para la Doctrina de la Fe la competencia para tratar y juzgar una serie de delitos particularmente graves. La experiencia acumulada en el transcurso de los nueve años sucesivos sugirió la integración y actualización de dichas normas con el fin de agilizar o simplificar los procedimientos, haciéndolos más eficaces, o para tener en cuenta problemáticas nuevas, destaca la Santa Sede.
La vasta resonancia pública en los últimos años de este tipo de delitos ha sido causa de gran atención y de intenso debate sobre las normas y procedimientos aplicados por la iglesia para el juicio y castigo de los mismos, explica Lombardi.
Así, la publicación de estas normas supone una gran contribución a la claridad y a la certeza del derecho en un campo en el que la Iglesia en estos momentos está muy decidida a actuar con rigor y con transparencia, para responder plenamente a las justas expectativas de tutela de la coherencia moral y de la santidad evangélica que los fieles y la opinión pública nutren hacia ella, y que el Santo Padre ha reafirmado constantemente.
Además, la Congregación para la Doctrina de la Fe está trabajando en indicaciones para los episcopados, de modo que las directrices emanadas por ellos relativas a abusos sexuales de menores por parte del clero o en instituciones relacionadas con la Iglesia, sean cada vez más rigurosas, coherentes y eficaces.