Francia multará con hasta 1.500 euros el ultraje a la bandera
01/10/2010 - 09:45
Por: EUROPA PRESS
Aquellos ciudadanos franceses que no muestre el debido respeto a la bandera de su país y la ultrajen podrán ser condenados a penas de hasta 1.500 euros de multa, según el decreto del Ministerio de Justicia publicado este viernes en el Diario Oficial.
La ministra de Justicia, Michèle Alliot-Marie, trabajaba desde el pasado mes de abril en un anexo reglamentario para permitir que se castigara a los que ultrajen a la 'tricolor', después de la polémica suscitada por una fotografía, premiada en un concurso en Niza, en la que se veía a un hombre limpiándose el trasero con la bandera francesa.
El decreto publicado hoy, según el 'Nouvel Observateur', instituye una multa para las contravenciones de quinta clase --1.500 euros-- que sancionará el hecho "cuando se cometa en condiciones que busquen perturbar el orden público y con la intención de ultrajar a la bandera tricolor" o por "destruir, deteriorar o utilizar de forma degradante" la bandera "en un lugar público o abierto al público"
El texto precisa que se castigará tanto al autor de los hechos, "aunque se cometan en un lugar privado", como "el hecho de difundir o hacer difundir la grabación de imágenes relativas" a estos hechos.
Este decreto se añade al artículo 433-5-1 del Código Penal, que castigaba ya con 7.500 euros de multa "el hecho, durante una manifestación organizada o reglamentada por las autoridades públicas, de ultajar públicamente el himno nacional o la bandera tricolor".
El decreto publicado hoy, según el 'Nouvel Observateur', instituye una multa para las contravenciones de quinta clase --1.500 euros-- que sancionará el hecho "cuando se cometa en condiciones que busquen perturbar el orden público y con la intención de ultrajar a la bandera tricolor" o por "destruir, deteriorar o utilizar de forma degradante" la bandera "en un lugar público o abierto al público"
El texto precisa que se castigará tanto al autor de los hechos, "aunque se cometan en un lugar privado", como "el hecho de difundir o hacer difundir la grabación de imágenes relativas" a estos hechos.
Este decreto se añade al artículo 433-5-1 del Código Penal, que castigaba ya con 7.500 euros de multa "el hecho, durante una manifestación organizada o reglamentada por las autoridades públicas, de ultajar públicamente el himno nacional o la bandera tricolor".