Interior afina los criterios de protección de las maltratadas en riesgo

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

La protección de muchas mujeres maltratadas depende en buena medida de la valoración inicial del riesgo que corren. De lo bien o mal que analicen su situación de pareja o la creada tras una ruptura la policía, los jueces, los médicos, psicólogos y asistentes sociales que atienden sus lesiones físicas y psíquicas que en muchos casos no son tan exhaustivas como debieran.
La ley integral contra la violencia de género implica a todos estos colectivos en la lucha contra el maltrato machista y en la salvaguarda de sus víctimas, y todos deben conocer los detalles de esa relación traumática, antecedentes del agresor, circunstancias familiares, situación sociolaboral, denuncias, órdenes de alejamiento, posibles quebrantamientos, reanudación de de la convivencia… En lo que a la policía atañe, el Ministerio del Interior ha emitido una nueva instrucción que afina los criterios para una evaluación más precisa del peligro al que se enfrentan las víctimas.
La orden, firmada el 18 de julio por la Secretaría de Estado de Seguridad, incorpora a los protocolos de actuación policial vigentes una nueva gradación del nivel de riesgo, el ‘riesgo extremo’. Incluye “vigilancia permanente de la víctima” y “control intensivo” de los movimientos del agresor “hasta que deje de ser una amenaza inminente “. Si así se estimara, para los casos de peligro extremo se prevé “vigilancia de entrada/salida en los centros escolares de los hijos”. Para el resto de los niveles de riesgo se fijan medidas que van, desde la vigilancia frecuente y aleatoria del domicilio de la víctima junto al control esporádico de las idas y venidas del maltratador en los casos de riesgo alto, a los teléfonos de contacto, la vigilancia ocasional o la comprobación de que al agresor cumple las medidas cautelares impuestas por el juez, en supuestos de riesgo medio o bajo. Cada uno de estos niveles está sometido a revisión constante, más frecuente cuanto mayor es el peligro; cada 72 horas en los casos ‘extremos’, 7 días en el nivel alto, un mes en el ‘medio’ y cada dos meses si el riesgo potencial para la víctima es ‘bajo’.