Una víctima de violencia machista abandona la causa que lleva 2 años de juzgado en juzgado
01/10/2010 - 09:45
La mujer que denunció a su ex compañero por amenazas y acoso, en una causa que estuvo dos años paralizada y saltando de juzgado en juzgado, ha sido llamada finalmente a declarar y ha dicho que desiste de acusar y que "no quiere saber nada del asunto"
Fuentes judiciales han explicado hoy a Efe que la mujer fue llamada a declarar en el juzgado de instrucción 6 durante la pasada Semana Santa para ratificar su denuncia, presentada inicialmente el 11 de febrero de 2006.
Al no mantener la acusación y dado que los delitos que se imputan a su ex compañero solo pueden ser perseguidos a instancias de la víctima, la juez ha optado por archivar la causa, han añadido las fuentes.
La denuncia de esta mujer estuvo dos años paralizada porque los jueces de instrucción y de violencia de género se inhibían y se remitían mutuamente las actuaciones y nadie llevó a cabo ninguna medida aparte de tomar declaración al denunciado, que negó los delitos, pero no a la presunta víctima.
Finalmente, la Audiencia de Sevilla decidió en febrero pasado que la causa debía adjudicarse al juzgado de instrucción 6, que fue quien recibió la primera denuncia, porque el denunciado y la denunciante no eran pareja sino que mantenían relaciones sexuales puntuales y esporádicas.
La mujer denunció en el Juzgado de Guardia que su pareja la había amenazado, perseguido con su moto y había golpeado la puerta de su coche para obligarla a salir.
El juzgado de instrucción 6, que estaba de guardia el 11 de febrero de 2006, se inhibió a favor del juzgado de Violencia de Género número 1 por entender que se trataba de un caso de maltrato en el ámbito familiar.
No obstante, cuando la juez de Violencia de Género tomó declaración al denunciado, éste aseguró que ambos no eran pareja sino que mantenían relaciones sexuales puntuales y esporádicas, por lo que el caso se remitió al Juzgado de Guardia, entonces el número 4.
Este juzgado remitió las actuaciones al decanato para un nuevo reparto, que correspondió a instrucción 17, pero éste a su vez las devolvió a instrucción 4 como autor de las diligencias originales.
Cuando el caso regresó a instrucción 6, como titular de las diligencias iniciales, la juez no aceptó la inhibición del juzgado de Violencia de Género y le devolvió el caso, pero por error llegó al número 3 y no al 1.
Finalmente, el caso llegó a finales de febrero al juzgado de instrucción 6, que tomó declaración de inmediato a la víctima y pensaba llamar al denunciado, pero ha suspendido tal trámite ante la retractación de la mujer.
El auto de archivo ha sido remitido a la Fiscalía de Sevilla para que se pronuncie, pero fuentes judiciales han explicado a Efe que, además de no ser un delito perseguible de oficio, la Fiscalía no podría mantener su acusación en caso de que la víctima se acogiese a su derecho a no declarar.
Al no mantener la acusación y dado que los delitos que se imputan a su ex compañero solo pueden ser perseguidos a instancias de la víctima, la juez ha optado por archivar la causa, han añadido las fuentes.
La denuncia de esta mujer estuvo dos años paralizada porque los jueces de instrucción y de violencia de género se inhibían y se remitían mutuamente las actuaciones y nadie llevó a cabo ninguna medida aparte de tomar declaración al denunciado, que negó los delitos, pero no a la presunta víctima.
Finalmente, la Audiencia de Sevilla decidió en febrero pasado que la causa debía adjudicarse al juzgado de instrucción 6, que fue quien recibió la primera denuncia, porque el denunciado y la denunciante no eran pareja sino que mantenían relaciones sexuales puntuales y esporádicas.
La mujer denunció en el Juzgado de Guardia que su pareja la había amenazado, perseguido con su moto y había golpeado la puerta de su coche para obligarla a salir.
El juzgado de instrucción 6, que estaba de guardia el 11 de febrero de 2006, se inhibió a favor del juzgado de Violencia de Género número 1 por entender que se trataba de un caso de maltrato en el ámbito familiar.
No obstante, cuando la juez de Violencia de Género tomó declaración al denunciado, éste aseguró que ambos no eran pareja sino que mantenían relaciones sexuales puntuales y esporádicas, por lo que el caso se remitió al Juzgado de Guardia, entonces el número 4.
Este juzgado remitió las actuaciones al decanato para un nuevo reparto, que correspondió a instrucción 17, pero éste a su vez las devolvió a instrucción 4 como autor de las diligencias originales.
Cuando el caso regresó a instrucción 6, como titular de las diligencias iniciales, la juez no aceptó la inhibición del juzgado de Violencia de Género y le devolvió el caso, pero por error llegó al número 3 y no al 1.
Finalmente, el caso llegó a finales de febrero al juzgado de instrucción 6, que tomó declaración de inmediato a la víctima y pensaba llamar al denunciado, pero ha suspendido tal trámite ante la retractación de la mujer.
El auto de archivo ha sido remitido a la Fiscalía de Sevilla para que se pronuncie, pero fuentes judiciales han explicado a Efe que, además de no ser un delito perseguible de oficio, la Fiscalía no podría mantener su acusación en caso de que la víctima se acogiese a su derecho a no declarar.