El Ayuntamiento de Yebes reprueba al Partido Popular por utilizar datos de vecinos de forma fraudulenta

22/06/2018 - 12:20 Redacción

La amonestación a Diego Jiménez Figueroa, portavoz del grupo municipal, censura el uso de información tributaria de carácter privado con fines partidistas.

Al hacer un uso expresamente prohibido en la legislación de los datos personales, queda patente la falta de confidencialidad y sigilo en la que se ha incurrido, lo que supone un ‘incumplimiento flagrante’ de la normativa que regula el acceso a la documentación municipal, así como  ‘el quebrantamiento de la buena fe y confianza legítima’ que ha de presidir la actuación de los concejales. Una razón por la que la Alcaldía se reserva ‘el ejercicio de cuantas acciones administrativas, disciplinarias y jurisdiccionales procedan’ en relación con estos hechos. Es parte de la reprobación que el Ayuntamiento de Yebes ha dictado contra el Partido Popular de este municipio al quedar acreditado que Diego Jiménez Figueroa, portavoz de este grupo político, realizó una utilización fraudulenta de los datos personales de un vecino de este municipio.

 

Como cualquier otro, el Ayuntamiento de Yebes custodia los datos tributarios y de empadronamiento de los vecinos, que tienen carácter reservado y cuya confidencialidad está protegida por ley. Esos datos permiten conocer el perfil de cada persona, el tipo de vivienda en el que reside o el vehículo de su propiedad, así como el cumplimiento de las obligaciones tributarias en periodo voluntario o con intereses de demora por retraso. Son reseñas que a diario manejan los funcionarios responsables de la gestión administrativa y su uso está restringido a ellos, por lo que su publicidad no puede ni debe ser tomada a la ligera por los concejales de la Corporación municipal. “No podemos consentir que estos datos sensibles de los vecinos sean divulgados o publicados y se vulnere de forma deliberada la debida confidencialidad que las Administraciones deben amparar”, afirma Miguel Cócera, alcalde de Yebes.

 

Los hechos a los que se refiere esta amonestación tuvieron lugar en los meses de abril y mayo, cuando el portavoz del PP de Yebes presentó un escrito ante el Registro del Ayuntamiento en el que abusaba de esa información sujeta a confidencialidad. Por si fuera poco, dio traslado de estos datos reservados a los medios de comunicación, a pesar de que este responsable político era conocedor de los límites a que está sometido el acceso a datos de carácter personal. “Esta actuación vergonzante supone un claro incumplimiento de las reglas del juego y un atentado contra el mínimo decoro que debe imperar en las acciones y decisiones de los concejales”, denuncia Miguel Cócera. El alcalde de Yebes asegura que “no todo vale” en la vida política puesto que “el fin no justifica los medios”, por lo que concluye que el Partido Popular ha demostrado una “falta absoluta de escrúpulos” que pone de manifiesto que los miembros de esta formación “no son de fiar”.

 

El origen de este procedimiento irregular se remonta al pasado 2 de febrero cuando Figueroa solicitó copia de diversa documentación municipal en calidad de portavoz del PP, así como de la cuenta de recaudación del pasado ejercicio en la que se incluyera la relación de deudores a fecha 31 de diciembre de 2017. En ese escrito, este responsable político puntualizaba que realizaba esta petición ‘asumiendo la confidencialidad que establece la Ley de Protección de Datos’. Una semana después, desde la Alcaldía se le remitió copia de la información reclamada en la misma forma en que había sido rendida por el Servicio Provincial de Recaudación de la Diputación de Guadalajara, que incorporaba todos los datos solicitados por el portavoz popular.

 

En ese escrito de respuesta, se le recordaba al portavoz del PP que la comunicación de los datos tributarios a los concejales no se encuentra amparada por la Ley Orgánica 15/1999 según el criterio de la Agencia Española de Protección de Datos. No obstante, se le facilitó esa información requerida al entender que era procedente para el ejercicio de las funciones públicas atribuidas a los concejales. Teniendo en cuenta que la puesta en conocimiento de esa documentación está siempre condicionada al uso legítimo de la misma, en este caso, referida a datos tributarios de particulares. Esa prohibición se le recordaba de manera expresa al final del escrito. Pese a conocer los límites a que está sometido el acceso a esos datos, el Partido Popular decidió hacer caso omiso a esta condición “con la única y aviesa intención de hacer un uso partidista de esos datos”, lo que en opinión de Miguel Cócera es una “cobarde vulneración de los principios más elementales que deben regir en la actividad política”.

 

En el escrito de censura del Ayuntamiento de Yebes se afirma que ha quedado acreditado que el portavoz del grupo popular en este municipio hizo un uso de datos personales de carácter tributario expresamente prohibido en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. El artículo 95 no solo fija que los datos tributarios tienen carácter reservado, sino que establece que su conocimiento por parte de autoridades o funcionarios está sometido al más estricto y complejo sigilo respecto de ello. Esta misma normativa determina que ‘(...) con independencia de las responsabilidades penales o civiles que pudieran derivarse, la infracción de este particular deber de sigilo se considerará siempre falta disciplinaria muy grave’. La modificación de la normativa europea sobre Protección de Datos abre la vía a sancionar a las personas que vulneren el derecho de confidencialidad con hasta tres años de prisión, lo que permite a cualquier ciudadano que considere lesionados sus derechos en esta materia a denunciar a todo aquel que difunda información o imágenes de carácter personal sin consentimiento previo. “Los concejales deben ser los primeros en respetar este nuevo marco de protección y no traicionar la confianza que sus vecinos depositaron en ellos al ser elegidos”, sentencia Cócera.

 

El alcalde de Yebes confía que este grave incumplimiento del deber que obliga a los concejales lleve aparejada una disculpa pública por parte del Partido Popular. “Pese a que el daño que ha ocasionado es irreparable”, sentencia Miguel Cócera. Con este procedimiento ilícito, el PP también ha vulnerado el Reglamento Orgánico Municipal, que en el artículo 10 determina que ‘los miembros de la Corporación tienen el deber de guardar reserva en relación a las informaciones que les faciliten para hacer posible el desarrollo de su función’.