El derecho a la inmoralidad

16/02/2014 - 23:00 Roberto Grado

El Derecho en general, y los derechos concretos, cualesquiera que sean, deben estar siempre sometidos a la moral o la ética, que es lo mismo, pero dicho con otra palabra de origen griego. Todo acto humano voluntario y libre es bueno o malo, no hay actos humanos indiferentes en sí mismos y siempre produce efectos buenos o malos, justos o injustos en el que lo ejecuta y/o las personas que lo sufren o se benefician de él. Si no fuera así, se podría reivindicar el derecho a la pederastia, al consumo y venta de drogas como la cocaína y la heroína, al incesto, al estupro, a la eutanasia, a la homosexualidad, al matrimonio homosexual, al adulterio, e incluso al robo, a la mentira y al homicidio, al parricidio, al infanticidio y al aborto y muchas otras inmoralidades que harían esta lista interminable. Pero no es así, lo que debe prevalecer siempre, lo mismo en la conducta individual que en la colectiva, es la moral que supone el triunfo del bien sobre el mal, para que las personas y las sociedades puedan vivir en paz y tratarse con un mínimo de respeto, confianza y amabilidad.
Esto lo sabemos bien en general las personas mayores, por razón de la edad y la larga experiencia acumulada y hay que mostrarlo y enseñarlo así a los más jóvenes que, carecen de esa experiencia necesaria y también, generalmente, les faltan los conocimientos adecuados que se logran con el paso del tiempo y el deseo insistente de aprender.
El Derecho debe prohibir las conductas inmorales, cuando son individuales y públicas, y castigar los comportamientos que perjudican más o menos gravemente a otras personas. Si no lo hace diligentemente, se cae en el permisivismo o la impunidad, y además, lo que es más grave, deja de hacerse justicia, produciendo un daño, muchas veces irreparable, a la convivencia social. Cualquier derecho que se pretenda reclamar, tanto individual como colectivamente, para que sea justo, no puede ser inmoral, es decir, no existe el derecho al mal, a la inmoralidad.
El castigo del mal o injusto comportamiento, que implica el Derecho, puede y debe ser compatible con el arrepentimiento del que ha obrado mal y debe facilitársele, si es prudentemente posible, y siempre de forma adecuada al mal cometido, su incorporación o reinserción en la sociedad de los que procuran obrar siempre bien, rectificando cuando no lo hacen, por error o por cualquier otra causa. La tolerancia es una actitud humana que acepta el mal sin aprobarlo, lo que significa que hay actos humanos voluntarios que pueden ser tolerables, en aras de la convivencia social en paz, y otros que, por su gravedad o importancia, no pueden ni deben ser tolerados porque suponen una injusticia grave que exige ser reparada lo antes posible.