El ejercicio de la interrupción voluntaria del embarazo
El gobierno de Castilla-La Mancha ha pactado con los colegios profesionales de médicos de la región que se permita declarar objetores a los médicos de familia en la atención de aquellas mujeres que quieran acceder a la interrupción voluntaria del embarazo. Estos médicos son los encargados de dar la primera información y derivar a las mujeres embarazadas al especialista. La ley sobre derechos sexuales y reproductivos solo prevé la objeción para el personal directamente implicado en la intervención; que, en boca del propio ministro de Sanidad, sólo incluye a los ginecólogos, enfermeros o anestesistas que llevan a cabo directamente la prestación. Por tanto, este pacto de nuestro gobierno regional con los colegios de médicos viene a contradecir el espíritu de la Ley y la propia posición del gobierno socialista de España. Desde las instituciones regionales se ha aprovechado la vaguedad que sobre la objeción de conciencia se establece en la ley para establecer un desarrollo normativo restrictivo. Otras comunidades, como Navarra y Madrid, claramente posicionadas en contra de esta ley, han declarado que también permitirán que estos profesionales objeten. Desde la Secretaría de la Mujer de CCOO de Castilla-La Mancha nos preocupa el establecimiento de una serie de obstáculos que en la práctica se traducen en la vulneración de derechos de las mujeres. Además, no podemos olvidar que en Castilla-la Mancha la interrupción voluntaria del embarazo no se realiza en la sanidad pública (como así marca la Ley). Se lleva a cabo por centros privados concertados, y sólo en dos provincias de nuestra amplia región. En este sentido, desde CCOO de Castilla-La Mancha consideramos imprescindible que el sistema público de salud asuma la prestación del servicio, como garantía del principio de equidad. La posibilidad de privatizar la prestación del servicio que recoge la ley como excepción, no puede convertirse en la generalidad para toda una región. Es desazonador que una ley que está bien concebida y aprobada en el Parlamento se distorsione por un mal desarrollo reglamentario y/o una mala praxis por parte de las comunidades autónomas, responsables de prestar este servicio, lo que finalmente limita los derechos que la ley da a la ciudadanía, y este caso especialmente a las mujeres.