Madrastras y padrastros

28/03/2018 - 12:47 Luis Miguel Almazán

Recordar a estas madrastras y padrastros que, si llega la ruptura con su pareja, ellos también tienen derecho a exigir un régimen de visita.

Hace unos días que todos quedamos consternados con la noticia de la muerte de Gabriel, un pequeño almeriense de ocho años, a manos de la pareja de su padre. Cuando pasa algo tan terrible es fácil tener miedo a la relación que nuestros hijos puedan tener con las parejas de sus padres o de sus madres. Sin ánimo de entrar en más detalles sobre la noticia, voy a tratar de exponer mis propias conclusiones:
    Por un lado, toda persona con hijos menores con la custodia de estos tiene derecho a rehacer su vida sentimental con otra persona. Tal vez esa otra persona tenga también hijos, hijos por los que –a lo mejor– haya podido luchar por criarles, aunque fuera de manera compartida, con el otro progenitor. Es probable que esa otra persona haya tenido que pasar por pruebas psicológicas o psicosociales para determinar la viabilidad de una coparentalidad antes de que una sentencia determinase si podía o no ocuparse de sus hijos. Imaginemos que finalmente la Justicia no le autoriza a criar a sus hijos y no le da ningún tipo de custodia sobre ellos. Sin embargo, esa otra persona sí que puede cuidar sin problemas de los hijos de su nueva pareja, no le han sometido a ningún tipo de prueba para ello y le ha bastado rehacer su vida sentimental con una pareja con hijos menores. Resulta cuanto menos paradójico que sin necesidad de pasar ningún tipo de prueba de capacidad parental o examen de antecedentes, esta otra persona pueda ocuparse diariamente de los hijos de su actual pareja y a lo mejor no pueda ocuparse de sus propios hijos, con los que sólo podrá convivir dos fines de semana al mes por decisión judicial.
    Con independencia de lo dicho hasta ahora, mi experiencia profesional y personal me ha demostrado que hay madrastras y padrastros muy cualificados que cuidan y se preocupan de los niños tan bien o incluso mejor que muchos progenitores biológicos.  La inmensa mayoría los quieren y los protegen como si fuesen sus propios hijos, considerándoles los niños como si fueran otros padres y madres que tienen (pero sin pretender por ello sustituir el papel del verdadero padre o madre –si lo tiene–porque entonces podríamos estar ante algo muy grave que se llama “manipulación de menores”). La palabra “madrastra”, aunque pueda tener connotaciones negativas (como desgraciadamente nos ha recordado el caso de Gabriel, aunque yo siempre le echo la culpa a Disney), debe dejar de considerarse de manera despectiva porque de entrada cada vez hay más madrastras y padrastros por los nuevos modelos de familia que se van consolidando, y cada vez hay más niños conviviendo con personas que no son sus progenitores en familias reconstituidas. Sí, es cierto que hay monstruos y brujas malvadas en la vida real, pero por suerte hay muchos más hombres buenos y mujeres buenas. Y no todas las madrastras son como la de Blancanieves, Cenicienta o Rapunzel.
    Finalmente, recordar a estas madrastras y padrastros que, si llega la ruptura con su pareja, ellos también tienen derecho a exigir un régimen de visitas, aunque sea mínimo, con quienes fueron sus hijastros (más si cabe si de esa relación rota existe nueva descendencia) cuando no se acrediten motivos perjudiciales para impedir el mantenimiento de la relación con quienes pueden ser considerados judicialmente “allegados muy cualificados”.
Para terminar, permítanme dedicar este artículo a Cristina, mi mujer y una maravillosa madrastra de mi hija Irene.
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