Minutas en Pastrana

20/08/2012 - 00:00 Fernando Jabonero Orasio


  La prensa provincial y regional se han hecho eco del acuerdo del Pleno de julio del Ayuntamiento de Pastrana, con el voto de calidad de la alcaldesa accidental, en que se aprobó asumir las minutas de los abogados en relación a su defensa en el caso en que se encuentran imputados por conceder licencias de construcción reiteradas en suelo no urbanizado. Licencias que se siguieron otorgando tras comunicar la Junta al ex alcalde Sánchez su ilegalidad, quien en Pleno, ante la complacencia de los mismos concejales, expresó que había que dejar que cada uno construyera a su aire… que ya urbanizaría el Ayuntamiento a su costa. Llama la atención que la secretaria municipal, cuya imputación se ha solicitado (entre otras cosas declaró que informó “oralmente” la licencia de 5 chalets en suelo no urbanizado) decidiera sacar el asunto de la Junta de Gobierno y que se votara en Pleno.

  Quizá debiera requerir del Pleno la conformidad para minutas anteriores. No existe legislación que permita asumir esas minutas como tampoco la hay que lo impida. Sólo existen referencias jurisprudenciales, que por resumir se encuentran explícitas en la STS 2002/6788. Básicamente, se puede asumir la minuta por el Ayuntamiento cuando sean actuaciones propias del cargo -en este caso votar-, que no haya responsabilidad penal –debe consignarse que la imputación lo ha sido de “oficio”, sin ser solicitada por parte- y que la intervención de los concejales no sea causa de abuso o desviación de poder o en convergencia de intereses propios o de terceros distintos de los del Ayuntamiento y qué decir si es lesivo para el Ayuntamiento.

  En efecto, se trata de una actuación no sólo contraria sino también, y sobre todo, lesiva para el Ayuntamiento y en definitiva para el pueblo de Pastrana porque:

1. Sin urbanizar el suelo, el Ayuntamiento no puede recibir las compensaciones por el, inexistente, proceso urbanizador: 10% del suelo neto tras urbanizarse el mismo, a costa de los propietarios del suelo, que en los casos denunciados no debe bajar de 500.000 euros. ¿Es esto de interés del Ayuntamiento o se trata de una actuación sumamente lesiva para el mismo Ayuntamiento?

2. Según el Sr. Sánchez, al final el Ayuntamiento urbaniza ¿Qué supone eso para el Ayuntamiento? Tomando como punto de comparación el “proyecto de urbanización” del sector de la Joya, esto no supone menos de un millón de euros.

3. La negativa a abrir expediente urbanístico por las licencias otorgadas supone para el Ayuntamiento dejar de ingresar no menos de un millón de euros de los que buena parte serían sanciones a los propios concejales favorecidos por la votación. Esta situación sólo es posible porque los imputados controlan el Ayuntamiento, pues si no fuera así el mismo Ayuntamiento debiera haber denunciado su actuación y personarse como acusación particular en condición de perjudicado. Visto lo anterior, no cabe duda de lo que se está ventilando en Pastrana a través del otorgamiento de licencias como las denunciadas.

  Sin duda alguna, los intereses de los concejales y sus actuaciones son contrarios a los intereses municipales y en tal escenario además los concejales del PP votan a favor de asumir la defensa de sus compañeros de partido por el Ayuntamiento, perjudicado por su proceder. Así, el Pueblo de Pastrana resulta ser cornudo y apaleado por sus propios representantes.

  Esperamos que si la secretaria del Ayuntamiento de Pastrana tiene acceso a estas líneas tenga a bien proceder como le corresponde en derecho. ¿Debe el Ayuntamiento personarse en la causa penal como perjudicado? Informe Vd, secretaria Municipal, al alcalde sobre la necesidad de personarse en el procedimiento penal ejerciendo realmente la acusación, pero claro, con otros abogados y negando la minuta a los concejales imputados. No cabe duda alguna de que estos mismos concejales habrían impulsado denuncia o querella de tratarse los trasgresores de representantes de la Oposición Municipal.

  Si el actual alcalde de Pastrana ha manifestado que durante su mandato todo se hará de acuerdo a la ley y tiene el convencimiento de que lo actuado por su Grupo Municipal es correcto, se supone que no tendrá nada que temer encargando una auditoría urbanística externa pública o solicitarlo al Servicio de Disciplina Urbanística de la Junta de Comunidades y ello para todas las licencias concedidas a partir de la aprobación del POM.

  Hasta ahora lo probado es que existe un continuo de irregularidades que cada día se va ensanchando a más casos y entre ellos la responsabilidad del ex alcalde por no inspeccionar mediando denuncia y que cuando se ha inspeccionado a pesar de ese mismo ex alcalde que abortó ilegalmente dos procedimientos sancionadores sobre el mismo caso de las viviendas del Camino Bajo de las Eras del Albaicín, la persona encargada de instruir es una imputada e interesada en que todo se haga de determinado modo pues su imputación deriva del otorgamiento de las licencias. Así, querido alcalde, no se adquiere credibilidad sino todo lo contrario.