El Constitucional y el Estatut

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Punto de vista
ANTONIO PAPELL, PERIODISTA
“No cabe duda de que durante el descabellado
proceso de redacción del Estatuto de Cataluña se ha jugado con fuego”.
La sentencia del Constitucional contra la consulta de Ibarretxe, que ha contado significativamente con la unanimidad de todos los miembros del tribunal y que ha sido elogiada por todos los partidos parlamentarios no nacionalistas, remacha una jurisprudencia bien conocida de ese tribunal que no hace en esto más que reconocer la literalidad de la Carta Magna en su primer artículo: la titularidad de la soberanía nacional corresponde a todo el pueblo español en su conjunto y está residenciada en el Parlamento. No existe por lo tanto un pueblo soberano vasco al que se pueda preguntar sobre su voluntad de autodeterminación. Semejante situación no es original: salvo los escasos modelos confederales, todos los Estados nacionales surgidos de la Revolución Francesa parten de la existencia de una única soberanía originaria, de la que emanan todos los poderes del Estado y el consiguiente contrato social. El aspecto más relevante de la sentencia es que, tras manifestar que los proyectos de revisar el orden constituido deben ajustarse a lo previsto por la propia Constitución, añade: “No caben actuaciones por otros cauces ni de las Comunidades Autónomas ni de cualquier órgano del Estado, porque sobre todos está siempre, expresada en la decisión constituyente, la voluntad del Pueblo español, titular exclusivo de la soberanía nacional”.

Pero aunque tal doctrina es bien conocida y nada novedosa, el hecho de que se haya reafirmado precisamente ahora, cuando está en pleno precalentamiento la negociación sobre la nueva financiación autonómica y cuando no puede tardar la sentencia del Constitucional sobre los diversos recursos de inconstitucionalidad sobre el ‘Estatut’ (los principales, los del Defensor del Pueblo y del PP), ha puesto en guardia a Cataluña, ya que como es bien conocido, el ‘Estatut’ catalán utiliza conceptos y proclama criterios que podrían estar en contradicción con aquellos principios: en el texto estatutario se manejan con soltura expresiones tales como “Cataluña como nación”, “derecho inalienable de Cataluña al autogobierno”, “los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña”, los “derechos históricos de Cataluña...”, etc. Tanto es así que el PP, uno de los recurrentes, ha redactado y publicado un informe según el cual de aquella sentencia relativa a Euskadi se desprendería la anulación inexorable de numerosos aspectos del ‘Estatut’ catalán.Algo de todo esto ha de haber, en efecto, porque los redactores –que no constituyentes- del Estatut renovado se negaron durante el proceso de maduración a aceptar las numerosas recomendaciones técnicas y políticas que recibieron sobre la conveniencia de respetar las reglas constitucionales. Sin embargo, las circunstancias son distintas y los miembros del Constitucional no pueden ignorar las diferencias: si en el caso vasco había que parar los pies a un iluminado que pretendía llevar a cabo un estridente disparate que ponía en riesgo la cohesión del Estado y la vigencia de la Constitución, en el caso catalán puede ser suficiente una “sentencia interpretativa” que aclare términos para restaurar la coherencia interna del sistema y devolver las aguas a su cauce autonomista.

Así por ejemplo, cuando se dice que “los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña”, el tribunal podría aceptar la definición siempre que se entendiese que está implícito el sobreañadido “y de los restantes pueblos de España”. De hecho, el Constitucional no tendrá más remedio que explorar este procedimiento contemporizador, al menos en la parte dispositiva del ‘Estatut’, si no quiere provocar una crisis institucional de gran envergadura: sería política y jurídicamente terrible que el TC desautorizase un Estatuto que ya está en vigor desde hace dos años y que ha sido previamente aprobado por los Parlamentos catalán y español y convalidado en referéndum por el pueblo catalán. Si provocar este desaire fuese la intención del PP al publicar su informe, quedaría claro que la formación de Rajoy todavía no ha conectado del todo con la Cataluña profunda a la que habrá de adherirse si quiere salir de su situación de práctica marginalidad en dicho territorio.

No cabe duda de que durante el descabellado proceso de redacción del Estatuto se ha jugado con fuego. Un fuego que dejaron en brasas humeantes Zapatero y Mas cuando, en su célebre reunión de Moncloa, biselaron las principales aristas del disparate pero no lograron encauzar algunos aspectos polémicos e imposibles como la “bilateralidad” de las relaciones entre Cataluña y Madrid cuando el Estado de las Autonomías que dibuja la propia Constitución es federalizante y multilateral... Ahora se trata de apagar definitivamente los rescoldos sin que se reavive la llama. Y es muy posible que el TC no tenga más remedio que optar, como se ha dicho, por una sentencia interpretativa que preserve los grandes criterios y que, en lo secundario, esté cargada de ambigüedad.