Gays: Derecho a la viudedad
01/10/2010 - 09:45
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia sin precedentes que reconoce que negar la pensión de viudedad a una persona homosexual cuando fallece su pareja de hecho supone "una discriminación directa por motivos de orientación sexual", al menos en aquellos países en que las parejas del mismo sexo no pueden contraer matrimonio.
La sentencia se refiere a una cuestión planteada por un juzgado de Alemania, país en el que el vínculo homosexual no está reconocido: el Tribunal reconoce que si gays y lesbianas no pueden contraer matrimonio, dos personas del mismo sexo inscritas en el registro civil como parejas de hecho deben tener el mismo derecho a recibir la pensión de viudedad que si fueran un matrimonio. Es patente que los derechos de las familias no convencionales van ganando terreno lentamente cuando menos en la civilizada y laica Europa; debemos, pues, congratularnos de ser nosotros pioneros en esta materia puesto que, con nuestro avance normativo, hemos conseguido implantar anticipadamente derechos que contribuyen a evitar viejas discriminaciones y, por ende, antiguos sufrimientos.