La Ley integral contra la violencia de género es simplemente constitucional

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Teresa Tejedor De Pedro - Secretaria de Igualdad de la CEP del PSOE de Guadalajara
El Tribunal Constitucional ha avalado el artículo 153.1 del Código Penal que agrava la pena si en la relación de pareja el maltratador es varón.
Todos los magistrados, incluso los discrepantes, coinciden en que el sexismo machista que caracteriza la agresión del hombre en las relaciones de pareja, justifica una mayor sanción e incluso un tratamiento penal específico. También admiten que esa conducta machista responde a pautas culturales de violencia que reflejan las relaciones de dominio y poder de los hombres sobre las mujeres. La Ley integral contra la violencia de género fue la primera ley aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero para intentar acabar con la lacra insoportable del machismo criminal. Esta ley ha sacado por primera vez del ámbito privado el maltrato a las mujeres, estableciendo medidas de protección integral (asistencia jurídica, derechos laborales, asistencia social, etc.), incidiendo también en la importancia de la prevención con medidas educativas y de prevención, entre otras. La situación de la mujer en nuestra sociedad es el termómetro más fiable de la temperatura democrática de un pueblo y su grado de libertad real. Por tanto, no podemos dar ni un solo paso atrás en la igualdad de oportunidades, en defensa de las mujeres y en contra de la violencia que se ejerce sobre ellas. Tenemos que conseguir entre todos una sociedad más justa e igualitaria en la que las mujeres y los hombres compartamos la vida por igual: Las decisiones tanto del ámbito público como privado, el trabajo, la familia, etc. Es responsabilidad de todos seguir concienciando a toda la sociedad en la necesidad de continuar luchando por la igualdad entre hombres y mujeres para la consecución, de una manera decidida, de una ciudadanía plena en derechos.