Y van dos

18/12/2010 - 00:00 Charo Zarzaalejos

Hace unos días fue la Audiencia Nacional quien absolvió a Arnaldo Otegui de un supuesto delito de enaltecimiento del terrorismo en un acto celebrado en Anoeta, en el que el acusado, principal actor del evento, reiteró su discurso de "oferta de paz". En el escenario y fuera de él se dieron gritos a favor de ETA, proliferó la simbología de la organización terrorista y, como ya es sabido, ni una sola palabra de condena o rechazo hacia ETA. Es más, se les trató de "luchadores" y algunos adjetivos más, todos ellos elogiosos y casi heroicos. El pasado viernes, también la Audiencia Nacional, absolvió de un supuesto delito de enaltecimiento del terrorismo al propietario y camarera de un bar de Navarra en cuyo recinto se exhibían hasta 16 fotos de otros tantos miembros de ETA. No se trata de cuestionar el fallo final de los jueces. Si han quedado absueltos, absueltos están. Lo llamativo, lo sorprendente, son los argumentos que se utilizan en una y otra sentencia. No son argumentos cargados de citas a la doctrina, y ni mucho menos se realiza un ejercicio de concatenación de artículos; es decir, se huye de la doctrina y como en todas las sentencias, consta en ambas "apreciaciones" del Tribunal sentenciador. En la primera, la referida a Otegui, los jueces concluyen, no sin antes poner en cuestión la labor investigadora de la Guardia Civil, que no cabe pensar que el acusado _actor principal del evento_ tuviera relación directa con lo que allí ocurría; es decir, que ante las fotos de etarras y demás adornos, Otegui poco menos que "pasaba por ahí", que no lo pudo haber evitado, que a él le fue dado todo hecho. La teoría en cuestión, a nada que se estire, podría llevarnos a situaciones grotescas, como que un profesor, como lo suyo es impartir clase, no puede ni debe hacer nada si su aula aparece adornada con fotos pornográficas, porque su tarea, como principal actor, no debe bajar a esas menudencias. Desde luego es una sentencia que exonera a todos nuestros políticos de lo que pueda ocurrir en su mítines, de manera que si surge un político xenófobo, como lo suyo es lanzar discurso político, puede hacerlo sin parpadear, aunque su escenario este adobado de fotos denigrantes hacia quienes no tienen la piel blanca. Y así podríamos seguir. Pero la perplejidad no acaba aquí. En la otra sentencia, en la conocida el viernes, resulta que los magistrados concluyen que el exhibir fotos de etarras no evidencia alabanza o elogio hacia ETA. ¿Y "cariño"?. Hagan un repaso de su propia casa o de la de amigos y familiares. Verán que si hay fotos todas ellas son o de amigos o familiares presentes, porque con ellas se recuerda un viaje o un evento familiar, y también de los ausentes. Sus fotos nos permiten no olvidarnos, recordarnos como eran. En cualquiera de las circunstancias, las fotos indican cariño o reconocimiento. ¿Alguien pondría en su casa la foto de una persona que le ha hecho daño o que le repugna? Dicen los jueces que las fotos no "evidencia" alabanza. ¿En dónde radica la evidencia? Si el Gobierno vasco llega a saber, esto se habría ahorrado dinero y esfuerzo en limpiar las calles del País Vasco. Lo que Patxi López llamaba "los muros de la vergüenza". Los absueltos, absueltos están y por buena hay que dar la decisión. Lo que no es aceptable es que se utilicen teorías, razonamientos que atentan a la razón, que abren rendijas que pueden resultar peligrosas y que relativizan símbolos -en este caso fotos- hasta tal punto que ya me dirán con qué argumento podríamos pedir, por ejemplo, que en un pueblo, cualquier pueblo, asolado por crímenes infames, las fotos de los criminales adornen las verbenas. Pero ¿saben lo inquietante de todo esto?, pues que no hay dos sin tres.