Derechos humanos

04/12/2016 - 14:15 Francisco Morales

La realidad nos va advirtiendo de que hay demasiados escenarios incendidados,con agudos desequilibrios y puntos de vista diametralmente opuestos.

 

ONU, Organización de Naciones Unidas, es la Institución Mundial creada el 26 de junio de 1945, que arranca con los rescoldos, todavía humeantes, de la II Guerra Mundial, siendo coyunturalmente su Secretario Ejecutivo Gladwyn Jebb (R.U), quien dio paso a su primer Secretario General, el noruego Trygve Lie, en cuyo mandato, la Asamblea General aprobó la declaración universal de los derechos humanos: era el 10 de diciembre de 1948, por una mayoría cualificada.(48/56 miembros).
    Los antecedentes más remotos de esta construcción humanitaria datan de la E. Media. Un salto muy grande nos lleva al S. XVI, en que F. de Vitoria es un hito fundamental en relación con este asunto transcendente, pues actualiza el romano “Derecho de Gentes”. Otro eslabón esencial en esta cadena jurídica es la obra de F. Suárez (S. XVII), al sentar las bases de la Filosofía del Derecho. Un siglo posterior es el siglo de las Luces en que aparecen dos declaraciones de derechos, la norteamericana, en 1776, y la francesa, en 1789. Ya finalizando el S. XIX, (1891), León XIII saca a la luz la Encíclica “Rerum novarum”, una síntesis acabada de la doctrina social de la Iglesia.
    Ya en el S. XX, J. Maritain escribe y publica “Humanismo integral” (1959) y, ya bien entrado este periodo, y llegando a nuestros días, hay una serie de Papas que se plantan en la sede neoyorquina de la ONU para reafirmar que aquella declaración de derechos derechos era el mayor y mejor fundamento del orden social y para predicar el Evangelio y difundir su visión de la vida. Y ahí tenemos a Juan Pablo II, a Benedicto XVI y al Papa Francisco, hace tan sólo unos meses. Ellos y los mandatarios de los grandes países son referentes principales en este orden de cosas. Creo que el respeto a la dignidad personal es lo más importante en la vida.
    Pero volviendo a la declaración de 1948, hay que decir que está básica y profundamente inspirada en la ya mencionada declaración francesa de 1789. Y ambas coinciden también en que están pegadas a la circunstancia política inmediatamente anterior. Podemos hacer un análisis comparativo al repasar el preámbulo de aquella. así como sus XXX artículos, y observar que eso es así. Luego, veinte años más tarde, en 1968, en la Conferencia de Teherán, la ONU la actualiza y declara esta fecha como año internacional de los derechos humanos. España la ratifica en 1976, y en la Constitución de 1978 se compromete formalmente a observarla.
    Bien: si nos ceñimos a ella, y teniendo en cuenta su considerable extensión, tendremos que resaltar y resumir algunos de sus aspectos. Así, todos los considerandos iniciales son de una precisión extraordinaria y se refieren  a  los  objetivos  que  se  pretenden y a la extensión de los mismos, con una mención expresa a los hombres, a las mujeres, o sea, a todo ser humano.
    En segundo lugar, a mi me llama poderosamente la atención el Art.3, ese que dice: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad”. Esto es; nadie es quien para arrebatar la vida a nadie, de modo que el inocente ha de tener la preferencia absoluta, resuena la voz de Yahvéh en el Universo. Yo no sé si estos dos derechos son compatibles o si, por el contrario, son antitéticos. Eso ya se verá.
    Si, por fin, fijamos nuestra atención en los artículos XXVIII y XXIX: –“toda persona tiene derecho a...” un orden social digno y efectivo, y “toda persona tiene deberes”... para consigo mismo y para con la comunidad a la que pertenece, reconoceremos que este articulado señala las dos vertientes del comportamiento, a saber: que el titular de un derecho es, al mismo tiempo, el responsable de una obligación. Ahora toca centrarnos en los hechos.
    Mas la realidad nos va  advirtiendo de que hay demasiados escenarios incendiados, con agudos desequilibrios y puntos de vista diametralmente opuestos. Dada una dualidad irreconciliable de modelos, nunca podrán existir la concordia ni el pacto. Cuando falta una auténtica reciprocidad, nos dice la experiencia, no tardan en aparecer el odio más cruel y la venganza más visceral. Pareciera que el corazón del mundo está enfermo y que anda viejo y renqueante. No obstante, junto a estos signos inquietantes, hay, en este mundo globalizado, una oportunidad para salir del túnel tenebroso en que nos encontramos desde hace bastante tiempo. Y es que, algunos esfuerzos individuales se ven ratificados por el Premio Nobel de la Paz, bien sea el de B. Obama o el de J.M. Santos. Por cierto, el Mundo está en vísperas de profundos cambios, observables en el tránsito de la Administración norteamericana o en la renovación de la Secretaría General de la ONU. Es evidente que su Asamblea y su Consejo de Seguridad van a tener un trabajo ímprobo a corto plazo.
    En cualquier caso, defender los derechos humanos, -sobre todo si uno está concernido-, debería ser una tarea permanente y diaria, no exclusiva del aniversario. Y también es una obligación moral tratar de llevarla a la práctica, para que no quede en una mera declaración teórica o doctrinal.
    Dicho esto, y sabiendo que donde no hay justicia no puede haber paz, sería oportuno escuchar atentamente los acordes clásicos de las más bellas sinfonías de algunos creadores e intérpretes, como L Beethoven, W. A. Mozart, A. Dvořák, P. Casals, Y. Menuhin, o la difusión de los mismos a través de C. Halfter, Z. Mehta y D. Baremboim. “¡Bravo por la Música...”!