Agricultura tiene abiertos 170 expedientes en materia de imprudencias forestales

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Por: F.C.V. GUADALAJARA
Quema de restos de poda de olivar, y otros residuos agrícolas; utilización de motosierras; realización de hogueras en zonas no autorizadas o circular por el monte con vehículos todo terreno fuera de los caminos forestales se encuentran entre los 170 expedientes que está tramitando la Delegación provincial de Agricultura y Desarrollo Rural de Guadalajara por infringir la Ley de Montes.
Aquellos que se resuelvan de forma desfavorable contemplarán multas de entre 100 y un millón de euros, dependiendo de la gravedad del hecho cometido.
A falta de que la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha haga un balance a finales de año, en lo que va de 2009, la Delegación provincial de Guadalajara tiene abiertos entre 170 y 180 expedientes por infringir la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible, en materia de incendios forestales. Entre los últimos casos se registró uno la semana pasada, debido a la quema de restos de poda de olivar en plena campaña de extinción de incendios. A este caso se unen los ya publicados que tuvieron lugar en Valtablado del Río y Ocentejo, en los que varios excursionistas fueron denunciados por la Guardia Civil por la realización de una hoguera, en Valtablado, y el encendido de varias antorchas, en el segundo. Estos casos se encuentran entre los más habituales, junto con otros relacionados con la quema de rastrojos, uso de motosierras para sacar leña en plena época de alto riesgo de incendios, la circulación de vehículos todo terreno fuera de las pistas forestales, o el encendido de hogueras junto a los ríos.

Sanciones
Las sanciones se llevan a cabo a instancias de agentes forestales o del Servicio de Protección a la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona) y se remiten a la Delegación provincial de Agricultura y Desarrollo Rural. Su resolución depende de la gravedad de la infracción, del número de alegaciones y recursos que se presenten, así como de la complejidad de los mismos. Las sanciones leves, que recogen multas entre 100 y 1.000 euros, son resueltas desde la propia Delegación en un plazo máximo aproximado de seis meses. Las graves, entre 1.001 y 100.000 euros, en la Dirección General de Política Forestal. Las muy graves, de importe inferior a 500.000 euros, son resueltas en las más altas instancias de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, mientras que las muy graves, hasta su importe máximo, un millón de euros, en Consejo de Gobierno.
Cada uno de los expedientes que se han abierto se han ajustado a la Orden de 16/05/2006, por la que se regulan las campañas de prevención de incendios forestales establece tres temporadas. En la presente temporada, que se encuentra entre el 1 de junio y el 30 septiembre, de alto riesgo de incendio, está terminadamente prohibido hacer cualquier tipo de fuego en terreno forestal y a 400 metros de la zona de protección; entre el 1 de noviembre y el 15 de marzo, se establece un riesgo bajo y se permite realizar fuegos de forma controlada en zonas de acampada y áreas recreativas, incluso la realización de hogueras controladas para usos del monte. Entre el 16 de marzo y el 31 de mayo, sólo se permite realizar fuego en las barbacoas habilitadas a tal efecto.