Sanidad decreta mayores limitaciones en Alovera por la evolución de los contagios

30/09/2020 - 17:50 Redacción

Durante las dos últimas semanas epidemiológicas se han declarado un total de 56 casos, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 439,2 casos por cada 100.000 habitantes.

La tasa de incidencia acumulada de las dos últimas semanas (por encima de 400 casos por 100.000 habitantes), el elevado número de casos registrados en la semana 38 (36 casos) y la razón de tasas ascendente entre las semanas 38 y 37 (+88%), se sitúan al municipio de Alovera por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha (100 casos/100.000 habitantes & 10 casos semanales). Todo ello, junto con la proximidad a municipios y zonas de la comunidad de Madrid con elevada incidencia, indica que el municipio de Alovera se encuentra en un escenario de riesgo de transmisión comunitaria lo que exige la adopción de medidas complementarias

El seguimiento del nivel de transmisión de la epidemia en el municipio de Alovera hace imprescindible tomar medidas complementarias para minimizar el riesgo de transmisión comunitaria en dicho municipio, evitar el aumento exponencial de casos que impediría el correcto manejo y seguimiento de los mismos, favoreciendo la propagación no sólo en el ámbito municipal, sino también en los municipios con relación social y laboral (Corredor del Henares). Las medidas complementarias propuestas para minimizar el riesgo de transmisión comunitaria en el municipio de Alovera incluyen disposiciones enfocadas en evitar los principales riesgos de transmisión del coronavirus SARS-CoV-2, entre otras, distancias interpersonales evitando aglomeraciones, prácticas de riesgo que supongan la posibilidad de transmisión al ignorar las medidas básicas de higiene, protección de las poblaciones vulnerables y aumento del control y educación sanitaria.

Las medidas complementarias propuestas (Nivel II), son las siguientes:

1. Inspección Municipal:
• Los servicios de inspección, autonómicos y municipales, llevarán a cabo una exhaustiva revisión e inspección en los establecimientos públicos para garantizar el cumplimiento de las normas de higiene (generales y específicas de COVID-19).

• Control de disponibilidad de gel hidro-alcohólico, jabón y agua, en todos los establecimientos públicos.
 

2. Educación Sanitaria:
• Distribución de carteles informativos sobre medidas de prevención frente a la Covid-19 en establecimientos públicos y lugares estratégicos.
• Difusión de mensajes y recomendaciones.
• Uso obligatorio de mascarillas según lo establecido en la normativa.
 

3. Actuaciones sobre locales de ocio:

• Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
• Supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente
• Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.


4. Centros Socio-Sanitarios:
• Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día.
• Supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
• No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.
• A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19

5. Actividades religiosas de ámbito social:
• Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.

• Restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10)
• Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos
(máximo 25).
6. Consumo de Alcohol:
• Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes.

7. Medidas complementarias:
• Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
• Suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas, ...),
• Suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares.
• Cierre cautelar de cines, teatros y auditorios.
• Cierre cautelar de Bibliotecas y Museos.
• Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.
• Cierre de la Piscina Municipal y otras instalaciones recreativas de este tipo de uso público independientemente de su titularidad.
• Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad.
• Suspensión de mercadillos y mercados al aire libre. Se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.
• Cierre cautelar de parques y jardines.
• En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
• Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.