Aprobado el proyecto para la ITV De Molina de Aragón
La resolución se ha hecho pública hoy, 24 de abril
La Dirección General de Transición Energética ha resuelto con fecha de hoy la autorización, entre otros, del proyecto de Estación de Inspección Técnica, ITV LA SAGRA SL, que se ubicará en el polígono los Tobares PARC.18Y 13C.
El texto de la Resolución es el siguiente:
"La presente Resolución administrativa de aprobación de proyecto se emite sin perjuicio de la obtención de cuantas autorizaciones y aprobaciones administrativas de otros organismos y administraciones públicas resulten necesarias, en orden a la aplicación de la legislación que le afecte, no eximiendo del cumplimiento del resto de requisitos y obligaciones previstas en la legislación vigente.
Segundo: El plazo para la ejecución del proyecto queda fijado en 24 MESES, resultando de obligado su titular a solicitar antes de su extinción la preceptiva autorización de puesta en funcionamiento de la estación de ITV, adjuntando la acreditación conforme a la norma UNE- EN ISO/IEC 17020 o cualquier otra norma técnica vigente que la sustituya, para la inspección técnica de vehículos en los términos señalados en el artículo 15 del Decreto 8/2019, de 5 de marzo, por el que se regula la prestación del servicio de inspección técnica de vehículos en Castilla-La Mancha, y su modificación mediante el Decreto 84/2021, de 13 de julio.
Tercero: Asimismo, se deberá observar lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 1/2007, de 1 de febrero, de fomento de las energías renovables e incentivación del ahorro y eficiencia energética en Castilla – La Mancha.
Cuarto: El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones conforme a lo regulado en el Decreto 8/2019, de 5 de marzo o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a la revocación, previa audiencia del interesado.
SEGUNDO: Esta resolución no agota la vía administrativa y contra la misma cabe recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Sostenible en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso deberá realizarse a través de medios electrónicos cuando el recurrente (o su representante) tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, a través del correspondiente enlace de la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:
https://www.jccm.es/tramitesygestiones/recurso-de-alzada-ante-organos-de-la- administracion-de-la-junta-y-sus-organismos (apartado “Tramitación Online”).
Aquellos sujetos no obligados a relacionarse por medios electrónicos con la Administración podrán utilizar esa misma vía, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra de las recogidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre."