Ayudas de apoyo a la modernización, innovación e incremento de la competitividad del sector turístico de Castilla-La Mancha como consecuencia de la crisis sanitaria
La finalidad de este programa consiste en apoyar la mejora del sector turístico para favorecer el desarrollo de una oferta turística de calidad más competitiva y segura orientada a la clientela y al mercado, con el fin de adaptarse a las nueva realidad post COVID-19.
Plazo de presentación de solicitudes del jueves 05 Nov 2020 al lunes 04 Ene 2021
Destinatarios:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas autónomas o empresas turísticas que presten los siguientes servicios o actividades:
a) Hoteles, apartahoteles, hostales y pensiones.
b) Albergues turísticos.
c) Campings.
d) Restaurantes, bares y cafeterías.
e) Turismo activo y ecoturismo.
f) Agencias de viajes.
g) Guías de turismo.
h) Alojamientos rurales.
Asimismo, podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, presten los servicios y actividades relacionados en este apartado y realicen alguna actuación subvencionable conforme a esta orden.
Requisitos:
Los previstos en el artículo 3.3 de la orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a la modernización, innovación e incremento de la competitividad del sector turístico de Castilla-La Mancha como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y se efectúa la convocatoria para 2020.
Importe:
Todas las cuantías de las ayudas se calcularán como un porcentaje a aplicar sobre las inversiones subvencionables aprobadas, en función de cada línea subvencionable de la forma siguiente:
a) En la línea 1 el porcentaje máximo a aplicar será el 70% de la inversión subvencionable aprobada, hasta un máximo de 3.000 euros.
b) En la línea 2 el porcentaje máximo a aplicar será del 70% de la inversión subvencionable aprobada, hasta un máximo de 5.000 euros.
c) En la línea 3 el porcentaje máximo a aplicar será el 70% de la inversión subvencionable aprobada, hasta un máximo de 5.000 euros.
d) En la línea 4 el porcentaje máximo a aplicar será el 70% de la inversión subvencionable aprobada, hasta un máximo de 1.500 euros.
e) En la línea 5 el porcentaje máximo a aplicar será el 70% de la inversión subvencionable aprobada, hasta un máximo de 3.000 euros.
Criterios:
Los criterios de evaluacion son los determinados en el artículo 18 de la orden.
Documentación a aportar:
En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica:
Escritura pública de constitución.
NIF
Escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica.
En el caso de que el solicitante sea una persona física:
Documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.
En el caso de que el solicitante sea una comunidad de bienes o sociedad civil:
Documento privado de constitución y acuerdos societarios inscritos, en su caso, en el registro correspondiente.
Escrito firmado por todos los comuneros que contenga los siguientes extremos:
- Compromisos de ejecución asumidos por cada socio, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos.
- Identificación del representante nombrado, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que como beneficiario corresponden a la comunidad de bienes o sociedad civil.
Memoria del proyecto con el siguiente contenido mínimo:
- Descripción suficiente del proyecto, actuaciones que se van a desarrollar, finalidad que se persigue y resultados esperados.
- Presupuesto desglosado del coste del proyecto.
Facturas pro-forma de todas las actuaciones, en las que se describan detalladamente los bienes a adquirir y su precio.
Lugar de presentación:
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario normalizado del decreto, que se incluirá en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)
Información Adicional:
dgtca.economiaempresasempleo@jccm.es
En este procedimiento de ayudas se pueden solicitar proyectos ya ejecutados (art. 23.1).
- En el caso de que las actuaciones estén concluidas en el momento de dictarse la resolución de concesión, la presentación de la justificación se realizará junto con la presentación de la solicitud.
- Para acceder al trámite de justificación pinchar aquí
Marco legal:
DOCM: 04/11/20 Orden 170/2020, de 21 de octubre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a la modernización, innovación e incremento de la competitividad del sector turístico de Castilla-La Mancha como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y se efectúa la convocatoria para 2020.
Tramitación