C-LM abre periodo hábil de caza especial de 'media veda' para las especies cinegéticas migratorias estivales autorizadas
Este martes, 20 de agosto, se inicia el periodo hábil de caza especial de 'media veda', en el cual se podrán cazar las especies cinegéticas migratorias estivales autorizadas por la Consejería de Desarrollo Sostenible y que este año son la codorniz común, paloma torcaz, paloma bravía y urraca. En este periodo sólo se puede cazar los jueves, sábados y domingos en la totalidad de los cotos de caza.
Dicho periodo de 'media veda' será del 20 de agosto al 21 de septiembre para la paloma torcaz y la paloma bravía. La codorniz común tiene un periodo de 'media veda' del 20 de agosto al 15 de septiembre en toda la región, excepto en las comarcas agrarias de Serranía Alta de Cuenca y Alcarria Baja de Guadalajara, donde es del 27 de agosto al 15 de septiembre.
La única especie que dispone de cupo es la codorniz común, la cual tiene un cupo de diez codornices por cazador y día en Albacete, Ciudad Real y Toledo; y de 20 codornices por cazador y día en Cuenca y Guadalajara, ha informado la Junta en nota de prensa.
En los lugares de parada podrá cazarse la paloma torcaz desde 'puesto fijo'. Se recuerda la prohibición del uso de reclamos de especies no cinegéticas, vivos o naturalizados, así como otros animales vivos ciegos, cegados o mutilados, los reclamos mecánicos y todo tipo de aparatos electrónicos, grabadores o magnetófonos usados como reclamos.
Por otro lado, desde la Consejería de Desarrollo Sostenible se solicita la colaboración de todas las personas que cacen alguna especie cinegética anillada durante esta 'media veda', especialmente para la recuperación de codornices anilladas, ya que se está realizando un estudio de seguimiento específico de cara a conocer mejor las poblaciones de esta especie.
Por ello, se solicita que, en el caso de cazar una codorniz anillada, se envíe un correo electrónico a censos_cazapesca@jccm.es; o mensaje por WhatsApp al teléfono 682 227 567; con la siguiente información: fecha de captura, término municipal, foto de la anilla estirada y aplastada o inscripción completa (número de anilla y remite), información adicional (no obligatoria), la cual incluye nombre y matrícula del coto y/o nombre y apellidos del cazador.