Continúa abierto el plazo de presentación de solicitudes para acogerse a las ayudas del IBI social

07/11/2011 - 14:36 Redacción

 
   Hasta el próximo día 10 de noviembre se podrán presentar las solicitudes para acogerse a las ayudas del IBI social destinadas “a aquellos vecinos de Guadalajara que estén atravesando una peor situación económica, principalmente, parados de larga duración y personas cuyos ingresos no alcanzan el Salario Mínimo Interprofesional”.


  Como se hizo público durante la presentación de estas medidas de carácter social, “se trata de una serie de ayudas individuales que convoca el Ayuntamiento de Guadalajara para hacer frente al pago total o parcial de los gastos que ocasiona el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de la vivienda habitual”, señaló el día de la presentación el alcalde, Antonio Román. Para dar a conocer estas medidas el Ayuntamiento se ha dirigido por carta a más de mil vecinos de la ciudad para ofrecerles información de la convocatoria.

  “Son personas que ya fueron solicitantes del IBI social en el año anterior, o reciben ayuda a domicilio o algún tipo de ayuda relacionada con necesidades básicas o bien disfrutan de exenciones en diversas tasas como consecuencia de su nivel de renta”, tal y como se dio a conocer el día de la presentación de estas medidas.

Para acceder a las ayudas, los beneficiarios habrán de cumplir con los siguientes requisitos: -Estar empadronado en el municipio de Guadalajara a la fecha de presentación de la solicitud, en la vivienda objeto de subvención.

-El solicitante y todos los miembros de la unidad familiar no pueden ser titulares en régimen de propiedad de otro bien inmueble ubicado en todo el territorio nacional, aparte de la vivienda habitual sobre la que se solicita la ayuda, excluidos los garajes y trasteros adscritos a la misma.

- El solicitante y todos los miembros de la unidad familiar deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal y Estatal, así como con la Seguridad Social, y no tengan pendiente de reintegro subvenciones públicas concedidas por las mencionadas entidades.

-En el caso de que el solicitante esté en activo, el resto de los miembros de la unidad familiar deberán estar en situación legal de desempleo al menos 6 meses antes de la fecha de solicitud.

-Los ingresos del solicitante no rebasen una vez la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional fijado por Real Decreto 1795/2010, de 30 de diciembre para el año 2011, o en el supuesto de ser dos o más los miembros que integren la unidad familiar, que el cómputo de los ingresos no superen una vez y media la citada cuantía. -Los saldos bancarios del solicitante y/o demás miembros de la unidad familiar no superen a 31 de Diciembre de 2010, la cantidad de 12.000 euros.

  La base de cálculo de las ayudas será el importe del recibo del Impuesto Municipal de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2011, con exclusión de cualesquiera intereses, recargos o sanciones tributarias sobre el mismo. Sobre dicho importe abonado, se individualizará la cuantía de la subvención en base al siguiente baremo:

- Hasta el 100% del importe del recibo del Impuesto Municipal de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2011 para aquellos solicitantes y unidades familiares que estén en situación de desempleo con una antigüedad de más de seis meses y no cuenten con subsidio o ayuda alguna proveniente de los Servicios Públicos de Empleo.

-Hasta el 50% del importe del recibo del Impuesto Municipal de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2010, para aquellos solicitantes o/y unidades familiares que no realicen actividad laboral remunerada alguna y cuyos ingresos, en el caso de un solo sujeto, sean menores a la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional, o en el supuesto de ser dos o más, los miembros que integren la unidad familiar, que el computo de los ingresos no superen una vez y media la citada cuantía.

- Hasta el 25% del importe del recibo para unidades y/o convivenciales de más de dos miembros y cuyos ingresos sean menores a una vez y media de la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional.

  Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentarán en la Oficina de Registro Municipal (edificio del Ayuntamiento Plaza Mayor, 7) o en el centro social de la calle Cifuentes. El impreso de solicitud está a disposición www.guadalajara.es, web municipal en la que están recogidas las bases de la convocatoria.