Detenido el etarra Juan Carlos Iriarte Pérez en Hendaya

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Por: EUROPA PRESS
Considerado un intermediario del aparato de extorsión de ETA
Iriarte, de 39 años, es un viejo conocido de las fuerzas de seguridad ya que fue detenido el 7 de enero de 1992 como presunto miembro del denominado ‘comando Leizarán’ de la banda terrorista. Tras ingresar en prisión, la Audiencia Nacional decretó su libertad provisional en 1995.
En la desarticulación de dicho comando fueron también arrestados Francisco Javier Laso Sánchez, Miren Elisabeth Balaustegui Pérez y Mario Artola Mendive, quien resultó herido en el tiroteo con los agentes que intervinieron en la operación policial mientras intentaba darse a la fuga.

No volvió a ser arrestado hasta el 4 de octubre de 2007 cuando la Policía francesa le detuvo también en Hendaya mientras realizaba un control de tráfico rutinario y le interceptara conduciendo a velocidad excesiva. Al revisar sus documentos los agentes se percataron de que Iriarte era objeto de una orden de arresto española.

Así, fue extraditado a España en 2007 después de que el tribunal de apelación de Pau, al suroeste de Francia, aceptara la petición de la Justicia española que además le consideraba uno de los presuntos intermediarios del aparato de extorsión de ETA desarticulado en 2006.

Continúa la investigación
El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, afirmó este miércoles que la detención del presunto miembro de ETA Juan ‘Juankar’, no cierra este dispositivo, ya que las investigaciones “siguen abiertas”. El ministro del Interior explicó que este arresto “tiene su origen” en las investigaciones realizadas después de las detenciones del presunto jefe de ETA Mikel Kabikoitz Carrera Sarobe, alias ‘Ata’, y otros dos supuestos terroristas.
Respecto a ‘Juankar’, explicó que “parece que jugaba algún papel dentro del aparato militar de ETA” y que pudo ser “la persona que encargó trasladar a los presuntos etarras” a la casa en la que finalmente fueron detenidos en el dispositivo del 20 de mayo. Además, indicó que la detención de hoy no cierra aquella operación, ya que las investigaciones “siguen abiertas”.

Rubalcaba también advirtió, “para que todo el mundo sepa a qué atenerse”, que un alto el fuego de ETA “no cambiaría las reglas del juego” y avisó a Batasuna que su situación “no depende de que la banda diga ‘a’ o ‘b’”. Insistió en que la izquierda abertzale debe condenar la violencia o convencer a los terroristas si quieren ser legales al tiempo que manifestó que la “rumorología” en torno a una eventual tregua de ETA se ha visto “amplificada” por la situación en la que se encuentra la banda y por “sus disensiones internas”.

Absolución
La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió a los tres autores del atentado de la T4 en Madrid (Igor, Portu, Mattin Sarasola y Mikel San Sebastián) y al supuesto cuarto miembro del ‘comando Elurra’ de ETA, Joseba Iturbide, de la acusación de querer atentar contra el complejo comercial de Azca, en Madrid, por el que la Fiscalía pidió 12 años de cárcel por un delito de conspiración para cometer estragos terroristas. Sin embargo, la misma sentencia les condena a entre 16 y 17 años y medio de cárcel por pertenencia a ETA y tenencia de armas y explosivos. Iturbide queda absuelto de todos los cargos que le atribuía el fiscal.

Respecto al intento de atentado en Azca, el tribunal consideró probado que los acusados realizaron “una labor de información, a petición de la dirección de la banda, propia de su actuación como comando operativo de la organización” aunque “no consta que existiese una decisión de ejecutar” este atentado y “no habían recibido, al menos antes de su detención, la orden de llevarlo a cabo”.

Por ella consideraron que “no cabe estimar” la existencia del “concierto de voluntades” necesario que exige el delito de conspiración para cometer estragos terroristas. Tampoco existen pruebas, a su juicio, que acrediten la “orientación de sus voluntades hacia el mismo hecho delictivo, la decisión definitiva y firme de ejecutar el delito, la actuación dolosa de cada concertado y la viabilidad del proyecto delictivo”.