El Convenio Colectivo del Sector del Comercio ya es de obligado cumplimiento
01/10/2010 - 09:45
Por: Redacción
Tras su publicación hoy en el Boletín Oficial de la Provincia
La Federación de Asociaciones de Pymes y Autónomos de Comercio de la Provincia (FEDECO), integrada en CEOE-CEPYME Guadalajara tras la firma el pasado mes de julio del nuevo convenio colectivo del sector del comercio, este ha entrado en vigor hoy tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Así, con esta publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley, el nuevo convenio colectivo pasa a estar inscrito en el registro de Convenios Colectivos de Trabajo de la delegación provincial entrando así en vigor en todos sus efectos y de manera retroactiva desde el 1 de enero de 2008.
Desde la Federación de Asociaciones de Pymes y Autónomos de Comercio de la Provincia (FEDECO), recomienda a todos los empresarios del sector del comercio que empiecen a poner en práctica todas las decisiones que se tomaron en su momento con respecto a las modificaciones del convenio anterior. La renovación del convenio colectivo del sector del comercio fue firmado junto con los sindicatos, el Gremio Provincial de Empresarios Carniceros-Charcuteros de Guadalajara, la Asociación Provincial de Empresas de Tecnología de la Información de Guadalajara, ACASA (Comerciantes de Azuqueca de Henares), entre otras asociaciones.
Un convenio que afecta a todas las empresas y trabajadores cuya actividad principal sea la de la venta de cualquier clase de artículos y que ejerzan su actividad comercial en Guadalajara y su provincia y que estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2010.
Entre los acuerdos tomados entre patronal y sindicatos y que quedan reflejados en el convenio colectivo de ámbito provincial del sector de comercio en general de Guadalajara, está el hecho de los incrementos salariales teniendo en cuenta el IPC actual. Así, para 2008 este incremento es del 4,5% sobre las tablas salariales y demás conceptos retribuidos del 2007. Al igual que se revisarán todos aquellos salarios inferiores a 1.000 euros y se les complementará el importe hasta llegar a esta cifra, aspecto este que no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2009.Así, según se ha establecido en el convenio colectivo, para 2009 se ha fijado un incremento del 3,75% mientras que será el 4% a partir del 1 de enero de 2010. Otro de los aspectos a destacar dentro de la firma de este convenio es el que se refiere a las licencias, excedencias, preaviso por cese y jubilación. En este apartado se ha llegado al acuerdo de los días y horas que el trabajador puede ausentarse de su puesto de trabajo, previa justificación. Un ejemplo de esto es el hecho de que las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a ausentarse durante una hora de su puesto de trabajo, si la mujer, por voluntad propia, no decide acogerse a este derecho podrá sustituirlo por una reducción de la jornada normal en media hora o acumular estos permisos en 18 días laborales. Este derecho podrá disfrutarlo, indistintamente, tanto el padre como la madre.
En este convenio se ha estipulado un artículo para la solución de conflictos colectivos, siendo estos aquellas controversias o disputas laborales en las que se vean implicados varios trabajadores o que al interpretarse el objeto de disputa afecte a los intereses del colectivo.
Un convenio que han suscrito todas las partes implicadas con la intención de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores y de la propia empresa.
Un convenio que afecta a todas las empresas y trabajadores cuya actividad principal sea la de la venta de cualquier clase de artículos y que ejerzan su actividad comercial en Guadalajara y su provincia y que estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2010.
Entre los acuerdos tomados entre patronal y sindicatos y que quedan reflejados en el convenio colectivo de ámbito provincial del sector de comercio en general de Guadalajara, está el hecho de los incrementos salariales teniendo en cuenta el IPC actual. Así, para 2008 este incremento es del 4,5% sobre las tablas salariales y demás conceptos retribuidos del 2007. Al igual que se revisarán todos aquellos salarios inferiores a 1.000 euros y se les complementará el importe hasta llegar a esta cifra, aspecto este que no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2009.Así, según se ha establecido en el convenio colectivo, para 2009 se ha fijado un incremento del 3,75% mientras que será el 4% a partir del 1 de enero de 2010. Otro de los aspectos a destacar dentro de la firma de este convenio es el que se refiere a las licencias, excedencias, preaviso por cese y jubilación. En este apartado se ha llegado al acuerdo de los días y horas que el trabajador puede ausentarse de su puesto de trabajo, previa justificación. Un ejemplo de esto es el hecho de que las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a ausentarse durante una hora de su puesto de trabajo, si la mujer, por voluntad propia, no decide acogerse a este derecho podrá sustituirlo por una reducción de la jornada normal en media hora o acumular estos permisos en 18 días laborales. Este derecho podrá disfrutarlo, indistintamente, tanto el padre como la madre.
En este convenio se ha estipulado un artículo para la solución de conflictos colectivos, siendo estos aquellas controversias o disputas laborales en las que se vean implicados varios trabajadores o que al interpretarse el objeto de disputa afecte a los intereses del colectivo.
Un convenio que han suscrito todas las partes implicadas con la intención de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores y de la propia empresa.