El Juzgado archiva la querella contra Juan José Cercadillo por apropiación indebida
21/09/2010 - 19:50
La inocencia de Juan José Cercadillo, presidente de Hercesa Inmobiliaria, S.A., y de la Cámara de Comercio e Industria de Guadalajara, así como de otros tres miembros del Consejo de Administración de esta mercantil, quedaba demostrada por los tribunales al desestimar una querella que presentaba por Pier de Luz, S.L.
Así lo ponía de relieve el Juzgado de Instrucción nº 4 de Guadalajara que archivaba dicha querella interpuesta por Pier de Luz, S.L en la que acusaba a Cercadillo por supuestos delitos de apropiación indebida, administración fraudulenta, falseamiento de cuentas sociales, imposición de acuerdos abusivos y falsedad de documentos mercantiles.
Los hechos se remontan a 2008, momento en el que Pier de Luz, S.L presenta una primera querella en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Guadalajara acusando a uno de los consejeros de Hercesa de un supuesto delito por abono de facturas inventadas.
Sin embargo, el juzgado no admitió a trámite esta denuncia por estafa y delito societario, sobre la que se pronuncio definitivamente la Audiencia Provincial el 21 de octubre de 2009 considerando la inexistencia de delito.
No conforme con esta sentencia la empresa Pier de Luz, S.L, meses más tarde, volvía a interponer ante otro juzgado una querella basada en los mismos hechos denunciados anteriormente, ampliándola a otros tres consejeros más, por supuestos nuevos delitos, entre los que se encontraba el de apropiación de una suma de dinero, basándose en el hecho de que las cantidades pagadas a los proveedores por una obra eran sensiblemente inferiores a las que posteriormente se pasaron al cobro a la sociedad Hecesa Ciudad Empresarial, S.L, constituida por ambas partes. El querellante les acusaba de haber producido, para ello, una alteración generalizada de documentos mercantiles, alegando, además, un sobreprecio de costes irreal. Tampoco este proceso ha sido admitido por los tribunales. De hecho, el Juzgado de Instrucción nº 4 de Guadalajara mediante autos de 4 de octubre y de 7 de octubre de este año, desestimaba la querella íntegramente y, por tanto, acordaba el archivo de las actuaciones por no ser los hechos denunciados constitutivos de ninguno de los delitos que se imputaban.
Según el auto de la juez, las cuestiones planteadas no revisten los caracteres de delito. Lo que significa que los hechos denunciados, no sólo fueron desestimados por el juzgado de Instrucción nº 3, sino también por el nº 4 e incluso por la Audiencia Provincial, es decir, tres tribunales distintos, han analizado el caso sin que ninguno de ellos haya apreciado la comisión de delito alguno.
Una vez hechas públicas estas sentencias, Hercesa Inmobiliaria, S.A., y sus consejeros, a través de un comunicado han agradecido las muestras de afecto, confianza y apoyo recibidas.
Los hechos se remontan a 2008, momento en el que Pier de Luz, S.L presenta una primera querella en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Guadalajara acusando a uno de los consejeros de Hercesa de un supuesto delito por abono de facturas inventadas.
Sin embargo, el juzgado no admitió a trámite esta denuncia por estafa y delito societario, sobre la que se pronuncio definitivamente la Audiencia Provincial el 21 de octubre de 2009 considerando la inexistencia de delito.
No conforme con esta sentencia la empresa Pier de Luz, S.L, meses más tarde, volvía a interponer ante otro juzgado una querella basada en los mismos hechos denunciados anteriormente, ampliándola a otros tres consejeros más, por supuestos nuevos delitos, entre los que se encontraba el de apropiación de una suma de dinero, basándose en el hecho de que las cantidades pagadas a los proveedores por una obra eran sensiblemente inferiores a las que posteriormente se pasaron al cobro a la sociedad Hecesa Ciudad Empresarial, S.L, constituida por ambas partes. El querellante les acusaba de haber producido, para ello, una alteración generalizada de documentos mercantiles, alegando, además, un sobreprecio de costes irreal. Tampoco este proceso ha sido admitido por los tribunales. De hecho, el Juzgado de Instrucción nº 4 de Guadalajara mediante autos de 4 de octubre y de 7 de octubre de este año, desestimaba la querella íntegramente y, por tanto, acordaba el archivo de las actuaciones por no ser los hechos denunciados constitutivos de ninguno de los delitos que se imputaban.
Según el auto de la juez, las cuestiones planteadas no revisten los caracteres de delito. Lo que significa que los hechos denunciados, no sólo fueron desestimados por el juzgado de Instrucción nº 3, sino también por el nº 4 e incluso por la Audiencia Provincial, es decir, tres tribunales distintos, han analizado el caso sin que ninguno de ellos haya apreciado la comisión de delito alguno.
Una vez hechas públicas estas sentencias, Hercesa Inmobiliaria, S.A., y sus consejeros, a través de un comunicado han agradecido las muestras de afecto, confianza y apoyo recibidas.