El Ministerio de Defensa establece las condiciones para la jura de bandera de personal civil

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Por: Redacción
La ORDEN DEF/1445/2004, de 16 de mayo, establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España, permitiendo que, sin querer vincularse a las Fuerzas Armadas con un carácter profesional, puedan manifestar su compromiso con la defensa de nuestro país. Asimismo da la posibilidad de renovar el citado juramento o promesa si ya se hubiese prestado en el pasado.
La ORDEN DEF/1445/2004, de 16 de mayo, establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España, permitiendo que, sin querer vincularse a las Fuerzas Armadas con un carácter profesional, puedan manifestar su compromiso con la defensa de nuestro país. Asimismo da la posibilidad de renovar el citado juramento o promesa si ya se hubiese prestado en el pasado.
A tal fin, el Ministerio de Defensa difunde las Unidades en las que durante el año 2008 se puede ejercitar el citado derecho. La más cercana a esta localidad se celebrará en el “Acuartelamiento Cavalcanti”, en Pozuelo (Madrid), el próximo día 7 de junio. Las otras tendrán lugar en Jabalí Nuevo (Murcia), San Fernando (Cádiz), La Laguna (Tenerife), Las Palmas de Gran Canaria, Murguía (Vizcaya), Astorga (León), Segovia, Pontevedra, Vitoria y Ceuta, en distintas fechas a lo largo del año.
Los requisitos que han de cumplirse son:
.- Tener la nacionalidad española.
.- Tener cumplidos dieciocho años de edad.

.- No haber sido declarado incapaz por sentencia judicial firme.

Los españoles de nuestra provincia que quieran prestar juramento o promesa ante la Bandera y cumplan los requisitos establecidos en el apartado anterior, tienen que remitir una instancia al Ministro de Defensa a través de la Subdelegación de Defensa en Guadalajara (Pza. de los Caídos s/n), según modelo que se les facilitará en la misma.