El Ministerio de Industria excluye el 3% del término de Yebra para instalar el ATC

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Por: F.C.V. GUADALAJARA
ALMACÉN NUCLEAR
Se trata de más de 150 hectáreas que abarcan la Sierra de Altomira y los Cerros Margosos
El Ministerio de Industria abrió el pasado sábado el periodo de alegaciones contra los informes que ha emitido sobre los criterios de exclusión de las candidaturas presentadas al almacén nuclear (ATC), que finalizará el viernes 26 de marzo.
De los que ha marcado la Comisión Interministerial para el Emplazamiento del ATC, y que afectan al expediente presentado por el Ayuntamiento de Yebra, se desprende que sólo el 3% de los 56,49 kilómetros cuadrados de término municipal estaría afectado por limitaciones medio ambientales que impedirían su edificación en esas zonas. Serían, en total, 155 hectáreas. Se trata de una Zona Especial de Protección de Aves (ZEPA) que abarca 70,77 hectáreas que entran en la Sierra de Altomira y otras 52,72 que, perteneciendo al mismo entorno, están catalogadas como Lugar de Interés Comunitario (LIC). La Sierra de Altomira, especifica el documento, “es una amplia zona de sierras y valles, catalogada como ZEPA y LIC, que está casi en su totalidad fuera del término municipal, adentrándose en éste solamente en la zona del río Tajo (bordes este y sureste)”.
Además, contempladas dentro del apartado “otras figuras de protección”, se encuentran 30,03 hectáreas del término municipal dentro de la Reserva Natural (microrreserva) de los Cerros Margosos de Pastrana y Yebra, así como 2,14 hectáreas en la Reserva Natural fluvial de los Sotos del Río Tajo. “Estos espacios protegidos están localizados en el río Tajo y su ribera, ocupando una pequeña extensión de territorio en el extremo oriental del término municipal”, se recoge.
En cuanto a otras figuras de preservación ambiental, no existen espacios protegidos por el Ministerio de Defensa dentro del término municipal. En lo concerniente a la Red Española de Vías Pecuarias, “solamente la Cañada Real Soriana Oriental discurre por el límite noroeste, adentrándose a lo largo de 1,9 kilómetros por el término municipal”. Igualmente, según la información disponible, no se detecta la existencia de montes de utilidad pública, sólo “unos pequeños montes públicos no catalogados como tales, por lo que al no estar sujetos a protección no se han delimitado en el plano”. Por último, consultada la base de datos de Patrimonio Histórico, no se han encontrado áreas histórico-arqueológicas catalogadas como Bien de Interés Cultural dentro del término municipal. No obstante, en la página web del Ayuntamiento se recogen algunos elementos de interés cultural, tales como una iglesia parroquial del siglo XVI, un gran caserón del siglo XVIII, la plaza Mayor, típica de la arquitectura popular alcarreña, o una torrevigía en un altozano que domina la salida del Vallejo de Yebra.
En un informe presentado en la documentación de la candidatura del Ayuntamiento de Yebra, el arquitecto municipal Iván Blanco Fernández, informa de que “Yebra no cuenta con normativa municipal de carácter medioambiental específica”. Sin embargo dispone de unas Normas Subsidiarias de Planeamiento como único instrumento de planeamiento general que fueron aprobadas en 1980, con una modificación puntual que data de 1993. En éstas se fijan los suelos no urbanizables específicos. Entre otras limitaciones se establecen los márgenes de los ríos, con una zona delimitada por la línea de máxima riada y una distancia de 300 metros a partir de esa línea. Además se especifica que la normativa urbanística local integra las zonas contiguas a las grandes vías de comunicación existentes o en proyecto como zona no urbanizable en una franja de 50 metros a cada lado de las carreteras nacionales y 25 metros a cada lado de las provinciales. “En estas zonas no podrán realizarse edificaciones de ninguna clase, como tampoco instalaciones de carácter permanente”, se señala. Igualmente se integran los montes incluidos en el Catálogo de Montes públicos o zonas de regadío de reconocida importancia. Por último se recogen como protegibles aquellas áreas que determine la Comisión Provincial de Urbanismo que tengan valores paisajísticos, visuales o que resulte necesario proteger según las circunstancias concurrentes; las que resulten de interés para la conservación o defensa de la flora y la fauna, o para el mantenimiento del equilibrio ecológico; que contengan o se prevea la existencia de yacimientos mineros arqueológicos; y que tengan una riqueza agrícola o forestal importante en cada caso o circunstancia.
El alcalde de Yebra, Juan Pedro Sánchez Yebra, asegura que, pese a estos condicionantes, aún restarían 4.000 hectáreas de las 6.000 de que se compone el término donde potencialmente se podría emplazar el ATC. “Barajamos dos o tres zonas, pero la decisión la tomaremos una vez concluya el plazo de alegaciones y éstas estén resueltas”, comenta. Estos terrenos cuentan con una buena comunicación. Unos, con el enlace con la Autovía de la Alcarria, a través de la carretera que va de Almoguera a Illana; y otros con el de Yebra-Fuentenovilla.