El PSOE gobernará Cifuentes, a tenor de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha

22/06/2011 - 13:42 EP

 
El PSOE de Cifuentes (Guadalajara) gobernará en la localidad alcarreña después de que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) haya desestimado la impugnación de tres votos realizada tras las elecciones tanto por los socialistas como por el PP de la localidad..
   Tras la cita con las urnas, el PP fue la fuerza más votada por un solo sufragio de diferencia sobre el PSOE (672-671), resultado tras el cual los socialistas impugnaron dos sufragios que le eran favorables y que habían sido anulados por la mesa electoral: uno por tener una cruz junto al nombre de un candidato y el otro --enviado por correo-- del que, sin querer, se conoció la identidad del votante. Ante esta decisión del PSOE, los 'populares' de Cifuentes reaccionaron impugnando también un voto favorable a su candidatura que había sido anulado por la mesa electoral, en este caso por estar rasgado.
 
   Tras los recursos, la Junta Electoral de Zona declaró válidos uno de los votos del PSOE y el del PP, por lo que los 'populares' mantenían su mayoría absoluta por un solo voto. Los socialistas volvieron a recurrir los votos ante la Junta Electoral Central, que en este caso solo dio por válido uno de los votos socialistas, dando como resultado final un empate a votos, por lo que se procedió a sortear la Alcaldía con dos pelotas de 'ping-pong' en una bolsa opaca, cada una con el nombre de uno de los partidos, donde el azar dio el Gobierno al PSOE. Tras el sorteo, los 'populares' volvieron a recurrir los sufragios ante el TSJCM, que tras desestimar los recursos, reafirma la decisión de la Junta Electoral Central, dando el poder en el Consistorio al PSOE.
 
 RAZONES DEL TRIBUNAL
 
  La sentencia del TSJCM, recogida por Europa Press, anula la primera papeleta impugnada, favorable al PSOE, que tenía una cruz junto al nombre de un candidato porque "se ha de mantener la postura interpretativa de nuestro Tribunal Constitucional" al decir que serán nulos aquellos votos con "cualquier alteración de carácter voluntario o intencionado". Por lo que respecta a la segunda papeleta, también favorable al PSOE, y que fue anulada por la mesa electoral por ser un voto por correo del que sin querer se conoció la identidad del votante, la sentencia confirma la validez del voto porque "queda clara la intención del votante" de apoyar al PSOE, ratificando así la decisión de la Junta Electoral Central. En cuanto al voto impugnado por los 'populares' favorable a su candidatura y anulado por la Junta Electoral Central por estar rasgado, el fallo del TSJCM aclara que "aunque el recorte no impida la visibilidad, hay una alteración voluntariamente materializada de la papeleta", por lo que el voto no puede ser validado.