El Supremo inadmite el recurso de la Diputación de Alicante contra el decreto que revisó los planes del Tajo y el Segura

27/04/2026 - 21:12 Europa Press

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso contencioso-administrativo presentado por la Diputación de Alicante contra el Real Decreto 35/2023, la norma por la que el Gobierno aprobó la revisión de varios planes hidrológicos, entre ellos los del Tajo y el Segura. La resolución, dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y fechada el 22 de abril de 2026, declara la inadmisión por falta de legitimación activa de la institución alicantina.

El recurso de la Diputación no se dirigía contra todo el decreto, sino contra apartados concretos vinculados al equilibrio del trasvase Tajo-Segura. En su demanda pedía la nulidad de varios preceptos y anexos del real decreto, entre ellos los relativos a los caudales ecológicos del Tajo, a la asignación y reserva de recursos, a las disposiciones normativas del Plan Hidrológico del Tajo y del Plan Hidrológico del Segura, y al anexo sobre medidas vinculadas al programa especial de seguimiento de las masas de agua en el ámbito del acueducto Tajo-Segura.

La sentencia recoge que, además de la Administración General del Estado, comparecieron como partes codemandadas la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía y la Plataforma de Toledo en defensa del Tajo. Tanto la Abogacía del Estado como la Junta y las entidades ribereñas solicitaron la desestimación o inadmisión del recurso.

En su argumentación, el Supremo recuerda su doctrina previa sobre la falta de legitimación de entidades locales para impugnar este tipo de disposiciones generales cuando no queda acreditado que afecten al ámbito de su autonomía. La sala señala que la regulación recurrida afecta a intereses supralocales y que la Diputación no justifica una afección directa a sus competencias propias que permita sostener su legitimación procesal.

El fallo declara así inadmisible el recurso 423/2023, confirma el Real Decreto 35/2023 por considerarlo conforme a Derecho e impone las costas a la parte recurrente, con un máximo de 4.000 euros más IVA, si procede. La resolución precisa además que no cabe recurso contra la misma.

La decisión mantiene el marco hidrológico aprobado en 2023 y la regulación asociada al trasvase Tajo-Segura, sin que el Supremo haya entrado a revisar el fondo de las impugnaciones planteadas por la Diputación de Alicante en este procedimiento concreto.