El Supremo valida el Decreto de Admisión de Alumnos
01/10/2010 - 09:45
Por: AGENCIA. MADRID
El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en una nueva sentencia sobre el Decreto de Admisión de Alumnos en centros sostenidos con fondos públicos en lo que se refiere a la selección del alumnado por parte de los centros y, en concreto, a garantizar en todos ellos una enseñanza mixta. El fallo anula la sentencia del Tribuna Superior de Castilla-La Mancha.
El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en una nueva sentencia sobre el Decreto de Admisión de Alumnos en centros sostenidos con fondos públicos aprobado en 2004 en lo que se refiere a la selección del alumnado por parte de los centros y, en concreto, a garantizar en todos ellos una enseñanza mixta.
El fallo anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre el recurso presentado por la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) al que, a su vez, el Gobierno regional interpuso un recurso de casación.
El Decreto de admisión contemplaba que los centros no podrían separar a los alumnos por razón de sexo, aspecto que la CECE recurrió, ganando en primera instancia autonómica, sentencia que anula ahora el Supremo.
De esta forma, se reconoce la plena constitucionalidad del Decreto castellano-manchego y se argumenta que los criterios de admisión del alumnado son competencia de la Administración educativa que podrá exigir a los centros concertados la enseñanza mixta de niños y niñas, precisamente para garantizar la libertad de los padres a elegir centro, y no conceder el concierto en caso de que exista alguna discriminación de este tipo.
En concreto, señala que ni la LODE ni la LOE reconocen a los titulares de centros un derecho a establecer un sistema de enseñanza diferencia, al contrario, el sistema de enseñanza mixta, en el caso de los centros concertados, es una competencia de la Administración que los financia.
Con ésta son dos las sentencias que avalan el Decreto del Ejecutivo regional, ya que el año pasado el Tribunal Supremo anulaba otra sentencia del TSJCM a favor de la Federación Española de Religiosos-Titulares de Centros Católicos de Castilla-La Mancha (FERE-CECA) y la Federación de Centros de Educación y Gestión de Castilla-La Mancha y afirmaba que el Decreto de admisión no vulnera la Constitución española ni el derecho a la educación recogida en ella.
Satisfacción
La Consejería de Educación y Ciencia ha mostrado su satisfacción por esta nueva sentencia que pone de manifiesto que en los cinco años que ha funcionado el Decreto ha quedado demostrado que éste garantiza y amplía la libre elección de centro, la igualdad en el acceso, la transparencia en la adjudicación, y la simplificación del procedimiento.
En declaraciones a Europa Press, el consejero de Educación y Ciencia, José Valverde aseguró que esta sentencia, que estima un recurso de la Junta contra la sentencia del TSJC-M que anulaba puntos del decreto de escolarización de Castilla-La Mancha, es una buena noticia que contribuye a clarificar una situación sumamente enrededada. Si están financiados con dinero público, deben garantizar la libertad de elección, recordó el consejero, quien reseñó que sería contradictorio que estos centros recibieran subvenciones y luego segregaran a los alumnos. Recordó que, como dice la sentencia, el sistema de enseñanza mixta es una manifestación de esa competencia sobre la admisión del alumnado.
El fallo anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre el recurso presentado por la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) al que, a su vez, el Gobierno regional interpuso un recurso de casación.
El Decreto de admisión contemplaba que los centros no podrían separar a los alumnos por razón de sexo, aspecto que la CECE recurrió, ganando en primera instancia autonómica, sentencia que anula ahora el Supremo.
De esta forma, se reconoce la plena constitucionalidad del Decreto castellano-manchego y se argumenta que los criterios de admisión del alumnado son competencia de la Administración educativa que podrá exigir a los centros concertados la enseñanza mixta de niños y niñas, precisamente para garantizar la libertad de los padres a elegir centro, y no conceder el concierto en caso de que exista alguna discriminación de este tipo.
En concreto, señala que ni la LODE ni la LOE reconocen a los titulares de centros un derecho a establecer un sistema de enseñanza diferencia, al contrario, el sistema de enseñanza mixta, en el caso de los centros concertados, es una competencia de la Administración que los financia.
Con ésta son dos las sentencias que avalan el Decreto del Ejecutivo regional, ya que el año pasado el Tribunal Supremo anulaba otra sentencia del TSJCM a favor de la Federación Española de Religiosos-Titulares de Centros Católicos de Castilla-La Mancha (FERE-CECA) y la Federación de Centros de Educación y Gestión de Castilla-La Mancha y afirmaba que el Decreto de admisión no vulnera la Constitución española ni el derecho a la educación recogida en ella.
Satisfacción
La Consejería de Educación y Ciencia ha mostrado su satisfacción por esta nueva sentencia que pone de manifiesto que en los cinco años que ha funcionado el Decreto ha quedado demostrado que éste garantiza y amplía la libre elección de centro, la igualdad en el acceso, la transparencia en la adjudicación, y la simplificación del procedimiento.
En declaraciones a Europa Press, el consejero de Educación y Ciencia, José Valverde aseguró que esta sentencia, que estima un recurso de la Junta contra la sentencia del TSJC-M que anulaba puntos del decreto de escolarización de Castilla-La Mancha, es una buena noticia que contribuye a clarificar una situación sumamente enrededada. Si están financiados con dinero público, deben garantizar la libertad de elección, recordó el consejero, quien reseñó que sería contradictorio que estos centros recibieran subvenciones y luego segregaran a los alumnos. Recordó que, como dice la sentencia, el sistema de enseñanza mixta es una manifestación de esa competencia sobre la admisión del alumnado.