El TC rechaza reintegrar al juez Pérez-Tremps en las deliberaciones
01/10/2010 - 09:45
Por: EUROPA PRESS
ESTATUT
La presidenta María Emilia Casas aún no concluyó su ponencia
El Tribunal Constitucional rechazó la petición que le hiciera el Gobierno catalán de reintegrar a las deliberaciones sobre la sentencia del Estatut al magistrado Pablo Pérez Tremps, que fue apartado de la discusión de este asunto a instancia del PP por haber realizado labores de asesoramiento para la redacción de los preceptos de la norma catalana relativos a las relaciones de la Generalitat con la Unión Europea.
Está previsto que a principios de la próxima semana María Emilia Casas comience a repartir su propuesta entre sus compañeros, con el fin de que la vayan conociendo de cara a la convocatoria de un nuevo Pleno para su aprobación. Notificó ayer una providencia, fruto del debate que desarrolló este pasado jueves día 10 en el Pleno, que rechaza las pretensiones de la Generalitat, que buscaron volver a introducir a Pérez-Tremps en las deliberaciones con el fin de reforzar los apoyos progresistas al Estatut. Argumentaron que, una vez que se planteó la votación de la sentencia artículo por artículo, no habría impedimentos para que este magistrado pudiera estar presente en la votación relativa a los preceptos que no se refieran a las relaciones exteriores del Govern.
En esta providencia, los diez magistrados que deliberan sobre el Estatut señalaron que no puede entenderse como hecho nuevo para justificar un eventual retorno de Pérez-Tremps a los debates la eventual aplicación de una previsión normativa sobre votación. Añadieron que la recusación de este magistrado, que acordó en febrero de 2007, es firme e irrecurrible y que además la pretensión de la Generalitat no es plausible porque si Pérez-Tremps participa en la votación sobre algunos artículos recurridos del Estatut y sobre otros no se rompería la unidad del proceso.
Para resolver esta cuestión y, a falta de una regulación expresa, el Tribunal Constitucional ha tenido que remitirse a determinados preceptos de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de recusaciones. Según manifestaron ayer fuentes del alto tribunal, la propuesta de la Generalitat no tendría además mucho sentido porque las deliberaciones no tienen por qué darse en bloques temáticos, ya que podrían agruparse varios artículos sobre los que, por ejemplo, hubiera unanimidad sobre su inconstitucionalidad, con independencia de la temática de los mismos
En esta providencia, los diez magistrados que deliberan sobre el Estatut señalaron que no puede entenderse como hecho nuevo para justificar un eventual retorno de Pérez-Tremps a los debates la eventual aplicación de una previsión normativa sobre votación. Añadieron que la recusación de este magistrado, que acordó en febrero de 2007, es firme e irrecurrible y que además la pretensión de la Generalitat no es plausible porque si Pérez-Tremps participa en la votación sobre algunos artículos recurridos del Estatut y sobre otros no se rompería la unidad del proceso.
Para resolver esta cuestión y, a falta de una regulación expresa, el Tribunal Constitucional ha tenido que remitirse a determinados preceptos de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de recusaciones. Según manifestaron ayer fuentes del alto tribunal, la propuesta de la Generalitat no tendría además mucho sentido porque las deliberaciones no tienen por qué darse en bloques temáticos, ya que podrían agruparse varios artículos sobre los que, por ejemplo, hubiera unanimidad sobre su inconstitucionalidad, con independencia de la temática de los mismos