El TSJ-CLM condena al Ayuntamiento de Trijueque a indemnizar a la madre de Dónovan

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Por: F.C.V. GUADALAJARA
TRIJUEQUE
Considera que fue el responsable del mal cerramiento de la depuradora
El Ayuntamiento de Trijueque deberá pagar a la madre de Dónovan Párraga una indemnización de 38.431 euros por daños y perjuicios por la muerte de su hijo, al considerar que el lamentable estado de conservación y mantenimiento en que se encontraba la depuradora de La Beltraneja fue la causa determinante del accidente mortal sufrido por su hijo. Así lo confirma el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en una sentencia que ratifica, a su vez, otra dictada por el Juzgado de lo Contencioso.
En ella ya se consideraba que si el menor se introdujo en la depuradora, “zona destacadamente descuidada y peligrosa”, fue, entre otras cosas, porque las medidas de cerramiento no eran las adecuadas, tal y como ha venido argumentando la defensa, a cargo de Pablo Cardero Calvo del bufete de abogados Bernal y Barba.
En dicha sentencia, el juez de lo Contencioso considera claramente probada la culpa o imputación por parte del Ayuntamiento demandado, quien conocedor de la situación de abandono y peligrosidad que presentaban las instalaciones de la depuradora no adoptó las medidas necesarias, no sólo para paliar tal situación, sino para preservar el cerramiento de acceso a tales instalaciones claramente deficitarias.
No obstante y sin perjuicio de lo anterior, el juez, atemperó la indemnización que se había solicitado, por entender que el comportamiento del menor al entrar en un sitio prohibido también contribuyó a ese fatal desenlace. Dicha sentencia fue recurrida en apelación por el Ayuntamiento, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Tribunal que mediante sentencia de fecha 11 de noviembre de 2009 ha desestimado el recurso y confirmado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso por la que se condenaba al Ayuntamiento al pago de una indemnización a favor de la madre de Dónovan Párraga Rodríguez.
La desaparición del menor, Dónovan Párraga Rodríguez, tuvo lugar en la tarde noche del día 27 de Febrero de 2002, apareciendo su cadáver el día 23 de enero de 2003, en una fosa séptica de la urbanización la Beltraneja, del municipio de Trijueque.
A consecuencia de la desaparición y posterior recuperación del cadáver, se instruyeron ante el Juzgado nº 3 de Guadalajara, diligencias penales 362/02, dictándose auto de sobreseimiento libre y reserva de acciones con fecha 31 de Marzo de 2004. El mencionado Auto de sobreseimiento fue recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial de Guadalajara por la representación procesal del padre del menor, D. Francisco Párraga; recurso que fue desestimado por auto de fecha 27 de Julio de 2004.