Empresas privadas podrán abrir y gestionar vertederos en la capital
01/10/2010 - 09:45
Por: ANDRÉS BACHILLER. GUADALAJARA
Tras la modificación de las normas urbanísticas en el pleno de ayer
El pleno del Ayuntamiento aprobó ayer la modificación del artículo 120 de las normas urbanísticas del actual Plan de Ordenación Municipal (POM) de la ciudad, lo que supondrá el fin del monopolio municipal para la gestión del vertedero municipal y, en la práctica, vía libre para las empresas privadas interesadas puedan abrir y gestionar este tipo de instalaciones. La modificación deja en suspenso dos párrafos del citado artículo.
El primer teniente de alcalde y concejal de Urbanismo, Juan Antonio de las Heras, informó ayer en el pleno que ya han existido negociaciones para la explotación de un vertedero municipal, donde quedarían depositados los residuos de tipología industrial, lo que reportaría, según lo calculado, unos ingresos de unos 450.000 euros para el Ayuntamiento, a lo que habría que sumar el 10 por ciento de los beneficios generados por la gestión de la empresa privada.
El portavoz socialista, Daniel Jiménez, preocupado por esta modificación, advirtió que podría suponer abrir el melón para la llegada de empresas que pretendan poner en marcha, sin límite en número, vertederos en la capital. Según Jiménez, esa modificación significa que cualquier empresa puede pedir en aquellos sitios que considere oportunos la instalación de este tipo de infraestructuras; y eso nos parece preocupante, a pesar de que requerirá una declaración medioambiental positiva de la Junta de Comunidades, como administración competente.
Además, Jiménez apuntó que la proximidad de Madrid, y las supuestas dificultades en dicha comunidad autónoma para la instalación de vertederos, podría hacer de Guadalajara un punto atractivo para atraer, en demasía, a este tipo de mercantiles, lo que podría coartar futuros desarrollos de la ciudad por las zonas donde se ubicaran.
En este sentido, el socialista invitó a De las Heras a informar sobre si se va a regular y limitar de alguna forma la posible llegada de este tipo de empresas y vertederos. El edil popular recordó a Jiménez que será el Gobierno regional el que dictamine sobre la puesta en marcha de estas plantas en función de su impacto ambiental. Jiménez, sin embargo, propuso mantener el monopolio y, por tanto, una ubicación única aunque se haga a través de un concurso público que depare una única empresa externa gestora.
A 2 kilómetros de suelo urbano
Según sigue dictando el susodicho artículo 120, los vertederos solamente podrán ser ubicados en suelo rústico, fuera de los ámbitos protegidos y en zonas ocultas a la vista desde las vías de comunicación y las zonas residenciales. La distancia mínima al límite exterior del suelo urbano o urbanizable será de al menos dos kilómetros.
El portavoz socialista, Daniel Jiménez, preocupado por esta modificación, advirtió que podría suponer abrir el melón para la llegada de empresas que pretendan poner en marcha, sin límite en número, vertederos en la capital. Según Jiménez, esa modificación significa que cualquier empresa puede pedir en aquellos sitios que considere oportunos la instalación de este tipo de infraestructuras; y eso nos parece preocupante, a pesar de que requerirá una declaración medioambiental positiva de la Junta de Comunidades, como administración competente.
Además, Jiménez apuntó que la proximidad de Madrid, y las supuestas dificultades en dicha comunidad autónoma para la instalación de vertederos, podría hacer de Guadalajara un punto atractivo para atraer, en demasía, a este tipo de mercantiles, lo que podría coartar futuros desarrollos de la ciudad por las zonas donde se ubicaran.
En este sentido, el socialista invitó a De las Heras a informar sobre si se va a regular y limitar de alguna forma la posible llegada de este tipo de empresas y vertederos. El edil popular recordó a Jiménez que será el Gobierno regional el que dictamine sobre la puesta en marcha de estas plantas en función de su impacto ambiental. Jiménez, sin embargo, propuso mantener el monopolio y, por tanto, una ubicación única aunque se haga a través de un concurso público que depare una única empresa externa gestora.
A 2 kilómetros de suelo urbano
Según sigue dictando el susodicho artículo 120, los vertederos solamente podrán ser ubicados en suelo rústico, fuera de los ámbitos protegidos y en zonas ocultas a la vista desde las vías de comunicación y las zonas residenciales. La distancia mínima al límite exterior del suelo urbano o urbanizable será de al menos dos kilómetros.