HazteOir denuncia a la ONG del barco abortista y la Autoridad Portuaria de Valencia y pide suspender el atraque
01/10/2010 - 09:45
Por: EUROPA PRESS
La asociación HazteOir.org, impulsora de la iniciativa Derecho a Vivir (DAV), presentó ayer una denuncia contra la ONG Mujeres sobre las Olas y contra la Autoridad Portuaria de Valencia por los abortos que van a practicarse a bordo del barco de bandera holandesa 'Langenort', que llega hoy al Puerto de Valencia, informaron hoy fuentes de la entidad en un comunicado.
En su denuncia, HazteOir.org pide al juez de Instrucción que deniegue o revoque, como medida cautelar, el permiso de atraque del Langenort en el puerto valenciano, previsto para las 17.30 horas de esta tarde.
Para este colectivo es "público y notorio que el barco abortoro viene a puerto español para poder practicar catorce abortos contra niños españoles en aguas internacionales".
En concreto, la denuncia contra la ONG Women on waves (Mujeres sobre las Olas), creada por Rebbeca Gomperts, es por los delitos de aborto (artículo 145.2 del Código Penal), homicidio (artículo 138) o asesinato (139.2).
En cuanto a la denuncia contra la Autoridad Portuaria de Valencia, organismo dependiente del Ministerio de Fomento, es "por omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución (artículo 450), por el de omisión del deber de perseguir delitos por parte de la autoridad o funcionario público (artículo 408) y por el de denegación de auxilio (artículo 412.3)", enumeraron las mismas fuentes.
HazteOir entiende que aunque los abortos vayan a practicarse en aguas internacionales, la "captación de las víctimas en territorio español no puede quedar impune (...) puesto que precisa del previo atraque en el Puerto de Valencia, entrando y saliendo por aguas territoriales del Estado español".
La asociación sostiene además que el principio de territorialidad no es el único que debe contemplarse en este caso, ya que "es doctrina consolidada que un Estado puede y debe conocer de los delitos cometidos fuera de su territorio cuando concurren otros principios generales del Derecho penal internacional".
El valor que inspira esos principios, argumenta HO en su denuncia, es "el interés nacional del bien jurídico protegido frente al delito, bien se prepetre éste en el propio territorio, bien lo sea fuera de sus fronteras".
En esta línea, invoca la denuncia el "principio real o de protección de intereses", que ampara "bienes jurídicos propios del Estado, con independencia del lugar en el que se cometa el ataque"; el "principio de personalidad o nacionalidad, según el cual la jurisdicción penal española conocerá de los hechos previstos en las leyes penales españolas como delitos, aunque hayan sido cometidos fuera del territorio nacional"; y el "principio de universalidad o justicia mundial".
HazteOir.org considera, además, que las actividades del barco abortista suponen una infracción del "paso inocente tal y como viene definido por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, en su artículo 19", ya el 'Langenort' va a transitar "para hacer escala en el Puerto de Valencia con el fin de cometer fuera de sus aguas hechos considerados delitos por nuestra legislación".
Para este colectivo es "público y notorio que el barco abortoro viene a puerto español para poder practicar catorce abortos contra niños españoles en aguas internacionales".
En concreto, la denuncia contra la ONG Women on waves (Mujeres sobre las Olas), creada por Rebbeca Gomperts, es por los delitos de aborto (artículo 145.2 del Código Penal), homicidio (artículo 138) o asesinato (139.2).
En cuanto a la denuncia contra la Autoridad Portuaria de Valencia, organismo dependiente del Ministerio de Fomento, es "por omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución (artículo 450), por el de omisión del deber de perseguir delitos por parte de la autoridad o funcionario público (artículo 408) y por el de denegación de auxilio (artículo 412.3)", enumeraron las mismas fuentes.
HazteOir entiende que aunque los abortos vayan a practicarse en aguas internacionales, la "captación de las víctimas en territorio español no puede quedar impune (...) puesto que precisa del previo atraque en el Puerto de Valencia, entrando y saliendo por aguas territoriales del Estado español".
La asociación sostiene además que el principio de territorialidad no es el único que debe contemplarse en este caso, ya que "es doctrina consolidada que un Estado puede y debe conocer de los delitos cometidos fuera de su territorio cuando concurren otros principios generales del Derecho penal internacional".
El valor que inspira esos principios, argumenta HO en su denuncia, es "el interés nacional del bien jurídico protegido frente al delito, bien se prepetre éste en el propio territorio, bien lo sea fuera de sus fronteras".
En esta línea, invoca la denuncia el "principio real o de protección de intereses", que ampara "bienes jurídicos propios del Estado, con independencia del lugar en el que se cometa el ataque"; el "principio de personalidad o nacionalidad, según el cual la jurisdicción penal española conocerá de los hechos previstos en las leyes penales españolas como delitos, aunque hayan sido cometidos fuera del territorio nacional"; y el "principio de universalidad o justicia mundial".
HazteOir.org considera, además, que las actividades del barco abortista suponen una infracción del "paso inocente tal y como viene definido por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, en su artículo 19", ya el 'Langenort' va a transitar "para hacer escala en el Puerto de Valencia con el fin de cometer fuera de sus aguas hechos considerados delitos por nuestra legislación".