La Agencia Tributaria ha realizado 2.881 pagos de deducciones por nacimiento

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Hasta el 31 de diciembre, la Agencia Tributaria realizó en Guadalajara un total de 2.881 pagos de 2.500 euros por un importe total de 7.198.000 en concepto de ayuda o deducción fiscal aplicable a las familias por el nacimiento o la adopción de hijos.
La Agencia Tributaria realizó en Guadalajara hasta el 31 de diciembre de 2008 un total de 2.881 pagos de 2.500 euros por un importe total de 7.198.000 en concepto de la dedución fiscal aplicable por el nacimiento o adopción de hijos. A nivel regional, Guadalajara es la segunda provincia en la que menos pagos se han realizado y, por lo tanto, la segunda que menos dinero ha recibido por estos conceptos. Tan sólo Cuenca, con 1.777 pagos por un montante de 4.448.000 euros, está por debajo de Guadalajara. El primer lugar lo ocupa Toledo, con 8.098 pagos por 20.131.000 euros; el segundo puesto es para Ciudad Real, con 5.193 pagos por valor de 12.983.000; y el tercero lo ocupa Albacete, con 4.251 pagos por un importe de 10.658.000 euros. En total, la Agencia Tributaria ha realizado 22.200 pagos en la región por un montante final de 55.416.000 euros.

Beneficiarios
La deducción por nacimiento o adopción podrá ser solicitada por quienes realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad en el momento del nacimiento o la adopción o hubieran obtenido durante el período impositivo anterior rendimientos o ganancias de patrimonio, sujetos a retención o ingreso a cuenta, o rendimientos de actividades económicas por los que se hubieran efectuado los correspondientes pagos fraccionados.
Para la solicitud de esta deducción o prestación existen dos procedimientos. El primero es para los casos en los que el beneficiario trabaje o perciba rentas sujetas a retención, solicite el pago anticipado de la deducción por maternidad mediante la presentación del modelo 140 o demande simultáneamente el pago de 2.500 euros por nacimiento o adopción. En el supuesto de no solicitar la deducción por nacimiento o adopción de forma anticipada, se practicará en la declaración del IRPF del periodo impositivo en el que se haya efectuado la inscripción del descendiente en el Registro Civil.
El segundo método es cuando el beneficiario no trabaje o no perciba rentas, cuya solicitud se realizará mediante el modelo 141.

Beneficiarios
Los modelos 140 y 141 están disponibles en la web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), sin necesidad de certificado de usuario, en todas las oficinas de la AEAT y en los Registros Civiles. Ambos modelos podrán presentarse a partir de la inscripción del hijo en el Registro Civil.