La Corte de Arbitraje de Guadalajara ha resuelto un total de 29 casos

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

La Corte de Arbitraje ha resuelto un total de 29 casos en los que ha habido algún tipo de conflicto entre arrendador y arrendatario.
Esta institución sin ánimo de lucro ha surgido como instrumento alternativo a la Justicia ordinaria, ofreciendo tres ventajas: rapidez -se compromete a que en 30 días hay una sentencia firme de obligado cumplimiento, en lugar de los nueve meses de promedio que se tarda por la vía ordinaria-; economía -ya que basta con abonar los 52 euros de la garantía de alquiler, frente a los 1.500 euros que solicita un abogado y un procurador para llevar un procedimiento-; y comodidad, no es necesario personarse en ningún juzgado.

Dicho documento es un compromiso adquirido entre las partes contrayentes, y que tiene vigencia durante toda la vida del contrato, incluidas las prorrogas. La garantía de alquiler consta de dos hojas autocopiatívas que se cumplimentan en la firma del contrato de alquiler. Toda aquella persona que desee adquirir el impreso, deberá hacerlo a través de las inmobiliarias homologadas en el PNAG (Plan de Alquiler Garantizado), o en la línea de asesoramiento gratuito 902 21 21 92, en la que se le informarán sobre sus derechos y obligaciones, al igual que se le facilitará la dirección más cercana para obtener el documento.

De los 2.673 contratos de arrendamiento que han presentado la Garantía de Alquiler, 29 han acabado en la Corte de Arbitraje. 26 han sido por falta de pago, dos por falta de pago de gastos de suministros y uno por daños en el inmueble.

Además de la línea de asesoramiento gratuito para particulares, la Corte de Arbitraje tiene otro número de teléfono -902 21 71 21- para atender a los profesionales que estén interesados en facilitar la garantía de alquiler o que necesiten asesoramiento referente al arrendamiento.

La gran ventaja de cumplimentar la garantía de alquiler, y de acudir a la Corte de Arbitraje para resolver cualquier conflicto surgido entre arrendador y arrendatario, está en el compromiso de que en 30 días habrá una sentencia firme. En caso de que en este plazo de tiempo no se cumpla, la Corte de Arbitraje adelantará la indemnización que se solicite en el procedimiento. El impulso de la evolución de la Justica es la finalidad que tiene la Corte de Arbitraje desde su creación.