La Fiscalía cree que la medalla a Aznar en EE UU era de interés público
01/10/2010 - 09:45
Por: EUROPA PRESS
Mientras el Tribunal de Cuentas da el primer paso para investigar el gasto
Así consta en un auto hecho público este lunes mediante el que el Tribunal de Cuentas traslada a su Sección de Enjuiciamiento las diligencias de investigación que abrió en febrero pasado sobre la partida presupuestaria de 2,3 millones de euros que el gobierno de José María Aznar aprobó el 26 de diciembre de 2003 al objeto de suscribir un contrato con la empresa norteamericana Piper Rudnock.
La resolución recoge un informe remitido el pasado 9 de febrero por la Fiscalía en el que se defiende que sin perjuicio de las posibles irregularidades en la forma de contratación que se referían los denunciantes, los abogados de José Luis Mazón y Encarnación Martínez y la Asociación Preeminencia del Derecho, no se daban en los hechos denunciados los requisitos de responsabilidad contable por alcance a persona alguna. El Ministerio Público también destaca que el acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros tenía por objeto la promoción de relaciones más próximas con Estados Unidos, ya que la firma estadounidense se comprometía al asesoramiento del Gobierno de España para reforzar relaciones con la Casa Blanca, con el Departamento de Estado, con otros departamentos ejecutivos y agencias y con el Congreso de Estados Unidos.
En términos similares se manifestó la Abogacía del Estado, que defendí en un informe fechado el pasado 16 de febrero que, excluida la responsabilidad penal, cualquier defecto de tramitación que pudiera existir en el expediente es ajeno al ámbito de actuación del Tribunal de Cuentas y no determinaría por si mismo la exigencia de responsabilidad contable si no existe perjuicio a los caudales públicos.
Nombramiento del instructor
En todo caso, el Departamento Tercero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas, que abrió diligencias por estos hechos el pasado 3 de febrero, traslado con su auto las actuaciones a su Sección de Enjuiciamiento con el fin de que ésta proponga a la Comisión de Gobierno el nombramiento de un delegado instructor que dirija la investigación. La resolución, que se traslada a Aznar en calidad de denunciado y contra la que cabe recurso de súplica, sostiene que no se debe excluir sin más trámite la hipotética existencia de responsabilidad contable por parte del ex presidente del Gobierno si la finalidad de esta contratación hubiese sido privada y no pública y el gasto no hubiera sido debidamente justificado, aspecto que no ha quedado claro con la documentación remitida.
Sería conveniente analizar si la actividad a desarrollar por la empresa contratista era de naturaleza pública, en todo o en parte, así como la finalidad perseguida por el objeto del contrato, señala el Tribunal de Cuentas en su auto, en el que considera que, de forma indiciaria, podrían deducirse unas supuestas irregularidades en el procedimiento de contratación, aceptadas tanto por el Ministerio Fiscal como por la Abogacía del Estado. Por ello, justifica la necesidad de llevar a cabo una investigación para comprobar adecuadamente si los servicios efectivamente se prestaron o no y, si se prestaron finalmente, para aclarar si dichas actuaciones tenían por objeto una finalidad pública debidamente justificada, todo ello puesto en relación con aquellas normas presupuestarias de aplicación del gasto.
En términos similares se manifestó la Abogacía del Estado, que defendí en un informe fechado el pasado 16 de febrero que, excluida la responsabilidad penal, cualquier defecto de tramitación que pudiera existir en el expediente es ajeno al ámbito de actuación del Tribunal de Cuentas y no determinaría por si mismo la exigencia de responsabilidad contable si no existe perjuicio a los caudales públicos.
Nombramiento del instructor
En todo caso, el Departamento Tercero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas, que abrió diligencias por estos hechos el pasado 3 de febrero, traslado con su auto las actuaciones a su Sección de Enjuiciamiento con el fin de que ésta proponga a la Comisión de Gobierno el nombramiento de un delegado instructor que dirija la investigación. La resolución, que se traslada a Aznar en calidad de denunciado y contra la que cabe recurso de súplica, sostiene que no se debe excluir sin más trámite la hipotética existencia de responsabilidad contable por parte del ex presidente del Gobierno si la finalidad de esta contratación hubiese sido privada y no pública y el gasto no hubiera sido debidamente justificado, aspecto que no ha quedado claro con la documentación remitida.
Sería conveniente analizar si la actividad a desarrollar por la empresa contratista era de naturaleza pública, en todo o en parte, así como la finalidad perseguida por el objeto del contrato, señala el Tribunal de Cuentas en su auto, en el que considera que, de forma indiciaria, podrían deducirse unas supuestas irregularidades en el procedimiento de contratación, aceptadas tanto por el Ministerio Fiscal como por la Abogacía del Estado. Por ello, justifica la necesidad de llevar a cabo una investigación para comprobar adecuadamente si los servicios efectivamente se prestaron o no y, si se prestaron finalmente, para aclarar si dichas actuaciones tenían por objeto una finalidad pública debidamente justificada, todo ello puesto en relación con aquellas normas presupuestarias de aplicación del gasto.