La Fiscalía del TS concluye que Bono no cometió cohecho
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo la inadmisión de la querella presentada por una asociación de abogados contra el presidente del Congreso de los Diputados, José Bono, por un presunto delito de cohecho que habría cometido en relación con la permuta de diferentes inmuebles de su propiedad y al aceptar como regalo de la inmobiliaria Reyal Urbis la decoración de la habitación de su hija en su casa de Olías (Toledo).
El Ministerio Público entiende que ninguno de estos hechos constituye delito, puesto que la permuta entre un piso propiedad de la familia Bono en la periferia de Madrid y dos áticos de lujo en Estepona (Málaga) "se efectuó en términos de igualdad económica", mientras que el regalo de decoración de la casa tiene su origen en la "relación de amistad" que une a Bono con el accionista mayoritario de Royal Urbis, Rafael Santamaría.
Además de solicitar la inadmisión de la querella, la Fiscalía llama la atención de determinadas expresiones incluidas en este documento que merecen, a su juicio, que el Tribunal Supremo aplique a la asociación, presidida por el abogado José Luis Mazón, "la correción disciplinaria que estime oportuna".
Acusaciones de imparcialidad
En el escrito se destacaba que "la conducta descaradamente parcial de la Fiscalía en este asunto, favoreciendo a una personalidad de alta influencia".
La querella, presentada por la Asociación Preeminencia del Derecho, relacionaba la operación de permuta y el regalo con el hecho de que Castilla-La Mancha, en la etapa en la que ésta comunidad autónoma estuvo presidida por Bono, diera "todos los parabienes sin los cuales el milagro de la recalificación de terrenos rústicos en urbanizables resultaba de todo imposible".
A cambio de una operación en Guadalajara
Entendía esta parte que los hechos descritos en su querella son constitutivos de dos delitos de cohecho del artículo 419 del Código Penal, por haber aceptado el presidente del Congreso en provecho propio o de su familia dádivas "que tenían por finalidad obtener los permisos necesarios para la construcción de la denominada Ciudad de Valdeluz, en el término municipal de Yebes (Guadalajara).
En su escrito, la Fiscalía recuerda que estos hechos ya fueron analizados a raíz de la presentación de varias denuncias por parte del PP, razón por la que se incoaron unas diligencias de investigación penal que fueron archivadas el pasado 15 de julio.
"Como consecuencia de la investigación efectuada, se llegó al convencimiento de la inexistencia de ilícito penal alguno y, en concreto, del delito de cohecho que ahora se imputa al querellado", señala el informe, que firma el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan José Martín-Casallo. Recuerda hasta 6 documentos que fueron tenidos en cuenta para llegar a esta conclusión.
Así, concluye que la permuta entre el piso de Bono y los apartamentos de la empresa Royal Urbis en Estepona "se efectuó en términos de igualdad económica, sin que puedan aceptarse las diferencias de dicha naturaleza a las que alude el querellante en su escrito". Además, el intercambio tuvo lugar cuatro años después de la aprobaicón de los citados proyectos, cuando el querellado ya había cesado en el cargo, en abril de 2004, como consecuencia de ser nombrado Ministro de Defensa.
Todo ello, explica, porque "no ha existido convenio, acuerdo o cooperación entre el querellado y la entidad mercantil Reyal Urbis con la finalidad de influir en las actuaciones urbanísticas de Valdeluz y la estación del AVE en Guadalajara".
Tal afirmación es consecuencia, según el teniente fiscal del Supremo, del hecho documentalmente acreditado de que la Junta de Castilla-La Mancha "no tuvo participación ni en la iniciación ni en la firma de los citados proyectos, que fueron llevados a cabo por personas pertenecientes a otro grupo político, quedando igualmente acreditado que en los mismos se dio estricto cumplimiento a lo establecido en los procedimientos administrativos correspondientes".