La Junta Electoral Central anula las elecciones municipales en Ocentejo

16/06/2023 - 16:47 Redacción

Por un error en el escrutinio general.

Unidas presentó un recurso en el que solicitaba la anulación del acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Guadalajara por el que se subsana el error en el acta de escrutinio de la Mesa, en la cual tan solo aparecían tres candidatos: Manuel Perdices Jodra (del Partido Popular) con siete votos, José Luis de Andrés Martinez (de Izquierda Unida) con 4 votos y Pedro Manuel Rivas Antúnez (del Partido Socialista Obrero Español) con 3 votos. Al ser concejo abierto, se vota al concejal.

 

"Ha de aclararse, antes de entrar sobre el fondo del asunto, que a este municipio le es aplicable el procedimiento electoral previsto en el artículo 184 de la LOREG para los municipios de población inferior a 250 habitantes, en los que es necesario señalar a cada uno de los candidatos seleccionados por funcionar con un sistema de listas abiertas y voto limitado a dos candidatos por elector".

 

En el acta original enviada por la referida mesa electoral a la Junta Electoral de Zona de Guadalajara tan solo aparecían los resultados relativos a estos tres candidatos, sin que se manifestase objeción alguna a la anotación de dicho resultado en la Mesa. Sin embargo, los propios integrantes de la Mesa electoral advirtieron su error, enviando el día 1 de junio a la Junta Electoral de Zona de Guadalajara un escrito en el que lo explicaban, aportando asimismo los resultados completos de la elección. En este escrito, además de los anteriores candidatos (sin que cambiase el número de votos que habrían recibido respecto de los consignados en el acta original), se incluyó a un candidato más por cada lista (que pasaba de tres a seis personas).

 

Por otro lado, alega el representante de la Coalición de Unidas que sus representantes apuntan a un resultado diferente al que los miembros de la Mesa electoral han aportado por medio del escrito y que a su entender tendrían la misma

/aIidez y seguridad que los aportados con posterioridad por los que fueron miembros de la Mesa.

 

Partiendo del hecho de que tanto la Junta Electoral de Zona como los miembros de la Mesa electoral y el representante de la Coalición de Unidas reconocen el error en el acta de la Mesa, debe tenerse en cuenta que, tal y como alega este último en su escrito, los resultados que se aportan no se pueden demostrar. De esta forma, “igual que los apoderados de nuestra formación política dan estos resultados" y éstos no se pueden demostrar, tampoco pueden demostrarse fehacientemente los resultados que indica la mesa, toda vez que el único resultado que se podría tener como válido (y contra el que no se objetó nada en el momento de su emisión) es el contenido en el acta original de la Mesa electoral.

 

En cambio, según la Junta Electoral de Zona, "la solución no puede ser que prevalezca un acta errónea por el hecho de qt/e el representante de Unidas sostenga que e/ resultado de la votación es distinto al que han manifestado los integrantes de la Mesa" y, en consecuencia, ha de prevalecer el resultado que éstos aportan, por ser unánime (aunque uno de sus integrantes estuvo ausente y firmó un tercero en su lugar “por orden"), razonado y coherente con el número de electores que votaron válidamente según el acta.

 

 

"En este caso no existe ninguna posibilidad de que la Junta Electoral pueda conocer la verdadera voluntad de los electores, al ser las actas de sesión erróneas por incompletas y ser insuficiente la prueba presentada por quienes fueron miembros de la Mesa para poder aceptar el resultado que reflejan en su escrito. En consecuencia, en la medida en que no aparecen la mitad de los candidatos que podrían haber sido elegidos en el municipio conforme al procedimiento descrito en el artículo 184.2 de la LOREG, y constando el testimonio de quienes fueron miembros de la Mesa, el de la Junta Electoral de Zona e incluso el del recurrente, de que se trata de un error, procede la declaración de la nulidad de las elecciones en la Mesa Única 01 001-U del municipio de Ocentejo y, así, las elecciones de todo el municipio".

 

Por tanto, las elecciones deberán convocarse de nuevo.