Las familias numerosas de la región se personan en el "caso prestaciones"

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

Última hora
Un tribunal decidirá en Madrid si 19.000 familias numerosas castellano-manchegas deben tributar por las prestaciones que reciben
El Tribunal Económico Administrativo Central, sito en Madrid, ha admitido a trámite las alegaciones de la Federación Castellano-Manchega de Familias Numerosas en el recurso de alzada para unificación de criterios interpuesto por la Agencia Tributaria de nuestra región. El origen de la polémica jurídica se remonta a junio de 2005 cuando, finalizando el plazo para las declaraciones de la Renta, el Ministerio de Hacienda emitió un informe puntualizando que, las ayudas por hijo que reciben 20.000 familias numerosas en Castilla-La Mancha (actualmente de 30 € al mes por hijo), no tenían la exención para las prestaciones por hijo a cargo que prevé la Ley del IRPF, "ya que no puede ser percibida por los padres que, teniendo hijos a cargo, no estén en posesión del título de familia numerosa y resto de requisitos" , es decir, que por ser exclusivamente para hijos de familias numerosas castellano-manchegas no estaban exentas.

Tras aquel informe, muchas familias numerosas castellano-manchegas empezaron recibir liquidaciones complementarias de Hacienda. El 30 de octubre de 2006, el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) dio la razón a una de ellas que había interpuesto una reclamación económico-administrativa. Pero esa resolución no puede adquirir firmeza porque la Agencia Tributaria plantea el 20 de febrero de 2007 el recurso de unificación de criterios que ahora se sustancia en el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC). Tras la interposición de dicho recurso, la AEAT volvió enviar liquidaciones a las familias numerosas reclamando cantidades que rondan los 200 €, dependiendo del tipo impositivo del contribuyente.

Para Paloma de Castro, presidenta de la Federación Castellano-Manchega de Familias Numerosas, "la ley del IRPF dice en su artículo 7.h) que no sólo están exentas de tributar las prestaciones por hijo de la Seguridad Social sino las demás prestaciones públicas por hijo; como la Ley General Tributaria prohíbe las interpretaciones en materia de exenciones , , la Agencia Tributaria tiene que ser excesivamente prudente interpretando las normas fiscales y por eso plantea el recurso de unificación, aunque pensamos que en nuestro caso las interpretaciones huelgan, porque la ley dice inequívocamente que están exentas las demás prestaciones públicas por hijo, y las demás son todas, sean hijos de familia normal o de familia numerosa, de Castilla-La Mancha o de Galicia "

Otro punto flaco, a juicio de la citada federación, de esta interpretación restrictiva que realiza Hacienda de la exención de prestaciones familiares, es que la Agencia obliga a estas familias a declararlas como un rendimiento de trabajo, lo cual es calificado de "incomprensible" por Paloma de Castro "pues las relaciones entre padres e hijos no son laborales". En su escrito de alegaciones, la citada federación explica que declarar las prestaciones como un rendimiento de trabajo origina que no tributen por ellas los empresarios cuyo único rendimiento de trabajo son esas prestaciones, al estar exentos los primeros 4.000 € por dicho concepto, lo cual es discriminatorio para las familias que sólo obtienen rentas del trabajo.

Por último, la federación alega en su escrito de personación que "no se ajustaría a derecho ir contra el espíritu de la exención del art. 7.h, es decir, eximiendo a todas las familias de tributar excepto si tienen 3 o más hijos a cargo, ingresos limitados y vives en una de las regiones con mas baja renta per cápita de España, que a su vez es el país de la Unión Europea que menos destina a política familiar (un 0,7 % de su Producto Interior Bruto, frente al 2,1 % de media, según datos el organismo europeo Eurostat), todo eso es un contrasentido" -dice Paloma de Castro.

El periodo de alegaciones ya se ha cerrado y el expediente se encuentra en manos de la Vocalía encargada de resolver este tipo de recursos, por lo que es previsible que se resuelva en 2008.

Fuentes de la Consejería de Bienestar Social cifran estas ayudas en 19,2 millones de euros anuales y las perciben 19.000 familias numerosas, normalmente con 3 hijos y unos ingresos que no pueden sobrepasar los 36.000 € anuales (6 millones de pesetas). Según datos del Instituto Nacional de Estadística, en el censo del 2001 había 30.000 familias numerosas en nuestra región , aunque las familias con el título en vigor no llegan a 25.000 según el Ministerio de Asuntos Sociales.

La Asociación de Familias Numerosas de Albacete, perteneciente a esta federación, expone en su página web www.numerosasalbacete.com una información detallada sobre esta polémica, los recursos disponibles, e incluso un formulario para que las familias afectadas de toda la región puedan recurrir las liquidaciones complementarias.