Las viviendas del casco histórico de Molina pueden solicitar las ayudas del Área de Rehabilitación
01/10/2010 - 09:45
Las personas que posean o estén en régimen de alquiler en viviendas con 15 años de antigüedad, como mínimo, y situadas en el casco antiguo de la localidad, pueden acogerse al plan del Área de Rehabilitación Integral para restaurar, acondicionar o mejorar sus viviendas o edificios. Por parte de la Concejalía de Patrimonio se están realizando charlas informativas para explicar y dar a conocer este plan, cuyas ayudas económicas tienen un importe máximo de 6.000 euros por vivienda y otro mínimo de 3.000.
Todas aquellas personas que posean o estén viviendo en régimen de alquiler en una vivienda situada en el casco antiguo de la localidad que tenga una antigüedad mínima de 15 años, pueden solicitar en la oficina del Área de Rehabilitación Integral (ARI), instalada en el Ayuntamiento, ayudas para realizar reformas en estos edificios. Las subvenciones tienen un importe máximo de 6.000 euros por vivienda y otro mínimo de 3.000, sin contar con los honorarios de los facultativos y de gestión.
Las ayudas para la remodelación de las viviendas o edificios en el área establecida comprenden el presupuesto protegible, que es el coste real de las obras, los honorarios de los facultativos y los tributos satisfechos. En el caso del ARI se concederá una subvención por un importe máximo del 40 por ciento del presupuesto total de la obra de rehabilitación, estableciéndose una cuantía máxima media de 4.500 euros por vivienda. Esta subvención podrá elevarse al 50 por ciento y a 5.500 euros si se dan dos requisitos. Primero, que se intervenga en viviendas que no cumplan los mínimos de salubridad y habitabilidad. Segundo, que el 40 por ciento la subvención se destine a adecuar viviendas para realojar a los afectados. En cuanto al Área de Rehabilitación del Casco Histórico, ARCH, se concederá una subvención por un importe máximo del 50 por ciento del presupuesto total de la obra de rehabilitación. En este caso, se establece una cuantía máxima media de 6.000 euros por vivienda.
Las viviendas que no tengan una antigüedad de 15 años también podrán acogerse a las ayudas cuando las actuaciones vayan encaminadas a la supresión de barreras arquitectónicas para personas con discapacidad; adecuación a las necesidades de los mayores de 65 años; y adaptación a la normativa técnica aplicable para reducir el consumo energético mediante aislamiento térmico o acústico.
La documentación a presentar será la solicitud de calificación provisional, que incluye la declaración del promotor de cumplimiento de las condiciones exigibles; la ficha a terceros; autorización a la Junta de Comunidades a recabar datos; la titularidad del inmueble; y, en el caso de que el promotor no sea propietario del inmueble, se adjuntará autorización expresa de todos los propietarios para realizar las obras, licencia o copia de su solicitud y demás autorizaciones municipales. El promotor deberá comunicar el inicio de las obras a la Delegación Provincial de Vivienda dentro de los 15 días siguientes en que se produzca la resolución de calificación provisional y dispondrá de 24 meses para presentar la solicitud de calificación definitiva.
Las viviendas afectadas por este Plan son las situadas en las calles Arbollón, Soledad, plaza de Tres Palacios, Tres Palacios, calle Larga, Plaza Anselmo Arenas, Camino Soledad, Santa Clara, Samaria, Costanilla Boteros, plaza Puerta de Baños, Martínez Izquierdo, Judíos, Tiendas, Arriba de Tomasa la Muela, Tejedores, Callejón Arriba, Cámara, Abajo, Enseñanza, Camino Enseñanza, Paseo de los Adarves, Chorro, Armería, Quemadales, San Francisco, San Gil, Estacada, Capitán Arenas, plaza Hospital, Cuatro Esquinas, plaza San Francisco, Costanilla Santa Clara, plaza de San Pedro, Carretera de Alcañiz, plaza de San Felipe, plaza España, plaza del Mercadillo, plaza del Progreso, calle del Carmen, C- 211 Castillo, Cerro de Santa Lucia, Carrera de San Francisco y Camino de San Francisco.
Las ayudas para la remodelación de las viviendas o edificios en el área establecida comprenden el presupuesto protegible, que es el coste real de las obras, los honorarios de los facultativos y los tributos satisfechos. En el caso del ARI se concederá una subvención por un importe máximo del 40 por ciento del presupuesto total de la obra de rehabilitación, estableciéndose una cuantía máxima media de 4.500 euros por vivienda. Esta subvención podrá elevarse al 50 por ciento y a 5.500 euros si se dan dos requisitos. Primero, que se intervenga en viviendas que no cumplan los mínimos de salubridad y habitabilidad. Segundo, que el 40 por ciento la subvención se destine a adecuar viviendas para realojar a los afectados. En cuanto al Área de Rehabilitación del Casco Histórico, ARCH, se concederá una subvención por un importe máximo del 50 por ciento del presupuesto total de la obra de rehabilitación. En este caso, se establece una cuantía máxima media de 6.000 euros por vivienda.
Las viviendas que no tengan una antigüedad de 15 años también podrán acogerse a las ayudas cuando las actuaciones vayan encaminadas a la supresión de barreras arquitectónicas para personas con discapacidad; adecuación a las necesidades de los mayores de 65 años; y adaptación a la normativa técnica aplicable para reducir el consumo energético mediante aislamiento térmico o acústico.
La documentación a presentar será la solicitud de calificación provisional, que incluye la declaración del promotor de cumplimiento de las condiciones exigibles; la ficha a terceros; autorización a la Junta de Comunidades a recabar datos; la titularidad del inmueble; y, en el caso de que el promotor no sea propietario del inmueble, se adjuntará autorización expresa de todos los propietarios para realizar las obras, licencia o copia de su solicitud y demás autorizaciones municipales. El promotor deberá comunicar el inicio de las obras a la Delegación Provincial de Vivienda dentro de los 15 días siguientes en que se produzca la resolución de calificación provisional y dispondrá de 24 meses para presentar la solicitud de calificación definitiva.
Las viviendas afectadas por este Plan son las situadas en las calles Arbollón, Soledad, plaza de Tres Palacios, Tres Palacios, calle Larga, Plaza Anselmo Arenas, Camino Soledad, Santa Clara, Samaria, Costanilla Boteros, plaza Puerta de Baños, Martínez Izquierdo, Judíos, Tiendas, Arriba de Tomasa la Muela, Tejedores, Callejón Arriba, Cámara, Abajo, Enseñanza, Camino Enseñanza, Paseo de los Adarves, Chorro, Armería, Quemadales, San Francisco, San Gil, Estacada, Capitán Arenas, plaza Hospital, Cuatro Esquinas, plaza San Francisco, Costanilla Santa Clara, plaza de San Pedro, Carretera de Alcañiz, plaza de San Felipe, plaza España, plaza del Mercadillo, plaza del Progreso, calle del Carmen, C- 211 Castillo, Cerro de Santa Lucia, Carrera de San Francisco y Camino de San Francisco.