Los porteros de discoteca de Madrid tendrán que pasar un test

01/10/2010 - 09:45 Hemeroteca

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid acordó ayer tramitar un nuevo decreto que regula las condiciones en las que los porteros han de realizar su trabajo en locales en copas y discotecas, y que establece que los aspirantes a ser ‘puertas’ deberán superar unas pruebas en la Academia de Policía Local que consistirán en un test psicotécnico y psicológico, y en un examen sobre los conocimientos básicos relacionados con esta materia.
Esta normativa se ha acelerado en la última semana después de la muerte, supuestamente a manos de los porteros de la discoteca ‘El Balcón de Rosales’, del joven Álvaro Ussía. Precisamente hoy, un auto firmado por el juez que lleva el caso señala que los tres porteros acusados permanecerán en prisión al existir numerosos indicios que los implican en el l crimen.
Según informó ayer en rueda de prensa el consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Francisco Granados, las personas que quieran trabajar de porteros de discotecas deberán ser mayores de edad, tener nacionalidad española o el permiso de residencia o de trabajo, no tener antecedentes penales por delitos contra las personas o contra el patrimonio, y superar las pruebas de la Academia de Policía.
Una vez cumplimentados estos requisitos, los candidatos recibirán un carné que les acredite como porteros de discoteca y que tendrá validez por cinco años. Cumplido ese tiempo, estos profesionales deberán renovar su permiso.

Conocimientos básicos
Concretamente, los conocimientos se basan en un examen de conocimientos básicos relacionados con esta materia en el que se les preguntará por los derechos y las libertades, por las medidas de seguridad, los derechos de admisión, el horario de cierre y el régimen jurídico de los menores de edad. Así, deberán comprobar la edad de las personas que vayan a entrar en el local, así como la adquisición de la entrada o la localidad por parte de los asistentes; cobrar los billetes o entradas que dan acceso a los locales y vigilar que no se exceda el aforo autorizado.

Este decreto se aplicará al personal de cafés-espectáculo, salas de fiestas, discotecas y salas de baile, bares especiales y espectáculos o actividades recreativas con carácter extraordinario.
En caso de incumplimiento, será el dueño de la sala el que pague las consecuencias, que serán consideradas como faltas graves. Así, podrán ser sancionados con una multa de 30.000 euros, con el cierre temporal del local o con su precinto definitivo en el caso de que se salten algún aspecto del nuevo decreto de manera continuada.