Un juzgado de Guadalajara exime a tres alumnos de la capital de cursar EpC
01/10/2010 - 09:45
Por: EUROPA PRESS
El Juzgado número 1 de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara ha dictado tres autos por los que se exime a tres alumnos de colegios de la capital de asistir y ser evaluados por la asignatura Educación para la Ciudadanía, mientras no se dicte la sentencia definitiva. Dichos autos vienen a suspender las resoluciones administrativas de la Consejería de Educación y Ciencia, que denegaban la objeción de conciencia a los padres.
Se trata de dos alumnos de 4º de la ESO y una alumna de 2º de la ESO del colegio Hermanos Maristas.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Guadalajara ha dictado tres autos en los que se exime provisionalmente de asistir y de ser evaluados de alguna de las asignaturas del área de Educación para la Ciudadanía a tres hijos de objetores, alumnos de dos alumnos de 4º de la ESO y una más de 2º de la ESO, esta última del Colegio de los Hermanos Maristas.
Dichos autos, que estiman las medidas cautelares solicitadas por los padres objetores, son provisionales pero amparan a los alumnos hasta que se dicte la correspondiente sentencia, según informa en un comunicado Profesionales por la Ética.
Los citados autos judiciales, según Profesionales por la Ética, suspenden las resoluciones administrativas de la Consejería de Educación y Ciencia de Castilla-La Mancha que denegaban la objeción de conciencia a los padres.
Se trata de dos alumnos de 4º de ESO a los que les correspondía cursar Educación Ético-Cívica y una alumna de 2º de ESO del Colegio de los Hermanos Maristas a la que le correspondía cursar Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.
Los autos judiciales no entran a resolver si existe o no derecho a la objeción pero reconocen expresamente que los padres demandan objetar a Educación para la Ciudadanía por poder constituir una vulneración de derechos fundamentales tales como el de educación o el de la libertad ideológica o religiosa.
No la cursarán
Finalmente, los fallos judiciales dictados en Guadalajara suspenden la obligatoriedad de que los alumnos cursen o sean evaluados en las asignaturas englobadas bajo la denominación de Educación para la Ciudadanía (Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, Educación Ético-Cívica y Filosofía y Ciudadanía).
Además, el juzgado ordena a la administración adoptar medidas alternativas que posibiliten la presencia del alumno objetor en el centro escolar mientras sus compañeros reciben Educación para la Ciudadanía.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Guadalajara ha dictado tres autos en los que se exime provisionalmente de asistir y de ser evaluados de alguna de las asignaturas del área de Educación para la Ciudadanía a tres hijos de objetores, alumnos de dos alumnos de 4º de la ESO y una más de 2º de la ESO, esta última del Colegio de los Hermanos Maristas.
Dichos autos, que estiman las medidas cautelares solicitadas por los padres objetores, son provisionales pero amparan a los alumnos hasta que se dicte la correspondiente sentencia, según informa en un comunicado Profesionales por la Ética.
Los citados autos judiciales, según Profesionales por la Ética, suspenden las resoluciones administrativas de la Consejería de Educación y Ciencia de Castilla-La Mancha que denegaban la objeción de conciencia a los padres.
Se trata de dos alumnos de 4º de ESO a los que les correspondía cursar Educación Ético-Cívica y una alumna de 2º de ESO del Colegio de los Hermanos Maristas a la que le correspondía cursar Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.
Los autos judiciales no entran a resolver si existe o no derecho a la objeción pero reconocen expresamente que los padres demandan objetar a Educación para la Ciudadanía por poder constituir una vulneración de derechos fundamentales tales como el de educación o el de la libertad ideológica o religiosa.
No la cursarán
Finalmente, los fallos judiciales dictados en Guadalajara suspenden la obligatoriedad de que los alumnos cursen o sean evaluados en las asignaturas englobadas bajo la denominación de Educación para la Ciudadanía (Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, Educación Ético-Cívica y Filosofía y Ciudadanía).
Además, el juzgado ordena a la administración adoptar medidas alternativas que posibiliten la presencia del alumno objetor en el centro escolar mientras sus compañeros reciben Educación para la Ciudadanía.