Comienzan las rebajas en Castilla-La Mancha, menos precio e iguales derechos

30/06/2012 - 15:49 Redacción


   La Dirección General de Salud Publica, Drogodependencias y Consumo recuerda, aprovechando para ello el inicio de las rebajas estivales, los principales criterios que debe observar el consumidor y todo lo que le es exigible al vendedor. Así, se resalta que las rebajas se deben aplicar a los artículos siempre a un precio inferior al fijado antes de este período. Esos artículos rebajados deben haber estado incluidos, al menos un mes antes, en la oferta habitual de venta. Al mismo tiempo, se resalta desde el Gobierno regional la estricta prohibición de rebajar artículos deteriorados.


  La directora general, María Dolores Rubio, recalca que “no se consideran rebajas la oferta de productos que no estuvieran a la venta con anterioridad, o la de productos deteriorados o adquiridos para ser vendidos a un precio inferior al ordinario, supuestos que entrarían de lleno en otras fórmulas como la venta en liquidación o la venta de saldos, que nada tienen que ver con el período de rebajas que ahora comienza”.

  Es al comerciante al que le corresponde fijar para su establecimiento el período concreto en el que se compromete a mantener a disposición de sus clientes una oferta de productos rebajados. Dentro de la temporada el período de rebajas no podrá durar menos de una semana ni más de dos meses, y siempre dentro de las fechas concretas fijadas por la Administración regional, desde el 1 de julio al 30 de septiembre, ambos inclusive, para la temporada de verano.

  Las fechas del período de rebajas deben exhibirse en el establecimiento comercial en sitio visible al público, incluso cuando permanezca cerrado. Artículos rebajados, sin merma de derechos para el consumidor Como queda dicho, los artículos ofertados en rebajas deberán haber estado incluidos con anterioridad y, durante el plazo mínimo de un mes, en la oferta habitual de ventas y no podrán haber sido objeto de promoción alguna en el curso del mes que preceda a la fecha de inicio de la venta en rebajas.

  Un producto rebajado tiene que cumplir todas las normas de calidad y etiquetado. "Hay que recordar que la reducción del precio en las rebajas se produce como consecuencia del cambio de estación o temporada, sin que esto pueda repercutir en la calidad del producto", recuerda María Dolores Rubio. Es obligatorio que en las etiquetas aparezca el doble precio: que figure tanto el precio anterior como el rebajado, o el porcentaje de rebaja que se ofrezca.

  Dicha obligación se extiende también a los productos rebajados que se exhiban en los escaparates. Hay un aspecto importante y que a veces pasa desapercibido para el consumidor, salvo cuando ya se encuentra dentro de la tienda: no podrá anunciarse la venta en rebajas de un establecimiento comercial cuando esas rebajas afecten a menos de la mitad de los productos ofrecidos, sin perjuicio de que puedan anunciarse los precios de cada producto o artículo en concreto.

  En el supuesto de que las ofertas en rebajas no afecten a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados tienen que estar debidamente identificados y diferenciados del resto. Las formas de pago que se admiten y las devoluciones serán las mismas que el resto del año, a no ser que el vendedor especifique lo contrario en un cartel visible al público y siempre que no se dé una información contradictoria.

  La garantía de los artículos vendidos en los periodos de rebajas no variará respecto a los demás períodos del año. Desde la Dirección General de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo se han sistematizado los consejos que son de más necesaria aplicación por el consumidor en el período de rebajas.

Se resumirían en seis criterios esenciales:

- Observe la calidad del producto y compare el precio rebajado con el anterior, ya que, a veces, no hay tanta rebaja.

- Exija y guarde los tiques y las facturas por si necesita hacer algún cambio o reclamación. - Los establecimientos que admiten el pago con tarjeta de crédito durante el resto del año están obligados a hacerlo también en rebajas, salvo que se indique de forma visible lo contrario, sin recargo alguno sobre el precio.

- No acepte ningún artículo en mal estado, con taras o estropeado; le estarán ofreciendo un saldo, no una rebaja.

- Debe rechazar artículos cuyas instrucciones de uso no vengan en castellano. - Si tiene algún problema, solicite las hojas de reclamaciones. Los establecimientos tienen obligación de tenerlas a disposición del usuario que las solicite. ¿Y si, pese a todo, hay que reclamar? Las rebajas implican una reducción en los precios y no una disminución de nuestros derechos.

  Para reclamar, tendremos que solicitar la hoja de reclamaciones y presentarla rellenada ante las oficinas de Consumo. Dependiendo del caso, Consumo podrá canalizar la reclamación a la Dirección General de Salud Publica, Drogodependencias y Consumo.

  El interesado también puede dirigirse al correo consultas.consumo@jccm.es, donde nos informarán de si la empresa está adherida o no al Sistema Arbitral de Consumo y, en caso positivo, valorar la solicitud de un arbitraje, un sistema que a lo largo del tiempo se ha acreditado como el más eficaz para las controversias entre vendedor y comprador.